Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 10/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 6

Viernes, 10 de enero de 2020

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agentes de la autoridad responsable de la vigilancia y disciplina del tráfico o del personal dependiente del organismo titular de la vía responsable de la explotación de ésta. Las autoridades competentes a que se ha hecho referencia para autorizar el cierre a la circulación de una carretera se comunicarán los cierres que hayan acordado.
4.-El organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, la autoridad autonómica o local responsable de la regulación del tráfico ,así como los organismos titulares de las vías, podrán imponer restricciones o limitaciones a la circulación por razones de seguridad vial o fluidez del tráfico, a petición del titular de la vía o de otras entidades, como las sociedades concesionarias de autopistas de peaje, y quedará obligado el peticionario a la señalización del correspondiente itinerario alternativo fijado por la autoridad de tráfico, en todo su recorrido.
Artículo 39. Limitaciones a la circulación.
1.-Con sujeción a lo dispuesto en los apartados siguientes, se podrán establecer limitaciones de circulación, temporales o permanentes, en las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, cuando así lo exijan las condiciones de seguridad o fluidez de la circulación.

Pág. 4

Viernes, 10 de enero de 2020

Núm. 6

Asimismo por razones de seguridad podrán establecerse restricciones temporales o permanentes a la circulación de vehículos en los que su propia peligrosidad o la de su carga aconsejen su alejamiento de núcleos urbanos, de zonas ambientalmente sensibles o de tramos singulares como puentes o túneles, o su tránsito fuera de horas de gran intensidad de circulación.
3.-Corresponde establecer las aludidas restricciones al organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o, en su caso, a la autoridad de tráfico de la comunidad autónoma que tenga transferida la ejecución de la referida competencia.
Por todo cuanto antecede, RESUELVO:
Autorizar el cierre a la circulación del siguiente tramo de la vía:
CL-610, desde pk. 3 + 140 hasta pk. 9 + 170, permitiendo la circulación solamente a las motocicletas, transporte público y vehículos autorizados; desde las 16:00 horas hasta las 23:59 horas del día 11 de enero de 2020.

sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
organismo: DIRECCION GENERAL DE TRAFICO

cve: BOPVA-A-2020-00089

BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID

2.-En determinados itinerarios, o en partes o tramos de ellos comprendidos dentro de las vías públicas interurbanas, así como en tramos urbanos, incluso travesías, se podrán establecer restricciones temporales o permanentes a la circulación de camiones con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, furgones, conjuntos de vehículos, vehículos articulados y vehículos especiales, así como a vehículos en general que no alcancen o no les esté permitido alcanzar la velocidad mínima que pudiera fijarse, cuando, por razón de festividades, vacaciones estacionales o desplazamientos masivos de vehículos, se prevean elevadas intensidades de tráfico, o cuando las condiciones en que ordinariamente se desarrolle aquél lo hagan necesario o conveniente.

Itinerarios alternativos:
Ronda Interior Sur VA-20 - calle Arca Real VA_VP-9101 - carretera CL-610
Ronda Interior Sur VA-20 - Camino Viejo de Simancas - carretera CL-600
Autovía A-62 hasta Simancas - carretera CL-600
Valladolid, 3 de enero de 2020.-La Jefa Provincial de Tráfico de Valladolid.- Inmaculada Matías Fernández.

http www.diputaciondevalladolid.es
D.L.: N VA-200/2010
BOPVA-B-2020-006

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 10/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Valladolid

PaísEspaña

Fecha10/01/2020

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones5576

Primera edición02/01/2003

Ultima edición16/04/2024

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