Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 10/1/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid

Boletín oficial de la Provincia de valladolid Núm. 6

Viernes, 10 de enero de 2020

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I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
DIRECCION GENERAL DE TRAFICO
Jefatura Provincial de Tráfico de Valladolid RESOLUCIÓN DE LA JEFA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE VALLADOLID SOBRE
MEDIDAS ESPECIALES DE ORDENACIÓN DE LA CIRCULACIÓN CON MOTIVO DE LA
CELEBRACIÓN DE CONCENTRACIÓN MOTORISTAS INVERNAL INTERNACIONAL
PINGINOS 2020
ANTECEDENTES DE HECHO.
Del 9 al 12 de enero de 2020 se celebrará el evento CONCENTRACIÓN MOTORISTAS
INVERNAL INTERNACIONAL PINGINOS 2020 siendo necesario el establecimiento de un dispositivo especial para que la circulación sea, en todo momento, lo más segura y fluida posible.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.
En virtud de lo establecido en los artículos 5 y 6 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por RDL 6/2015 de 30 de octubre, corresponde a la Dirección General de Tráfico la ordenación, control y gestión de la circulación en las vías interurbanas.
El Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, establece que:

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Núm. 6
Viernes, 10 de enero de 2020

1.-Cuando razones de seguridad o fluidez de la circulación lo aconsejen, podrá ordenarse por la autoridad competente otro sentido de circulación, la prohibición total o parcial de acceso a partes de la vía, bien con carácter general, bien para determinados vehículos o usuarios el cierre de determinadas vías, el seguimiento obligatorio de itinerarios concretos o la utilización de arcenes o carriles en sentido opuesto al normalmente previsto artículo 16.1 del texto articulado.
2.-Para evitar entorpecimiento a la circulación y garantizar su fluidez, se podrán imponer restricciones o limitaciones a determinados vehículos y para vías concretas, que serán obligatorias para los usuarios afectados artículo 16.2 del texto articulado.

sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
organismo: DIRECCION GENERAL DE TRAFICO

cve: BOPVA-A-2020-00089

BOLETÍN OFICIAL DE LA P ROVINCIA DE VALLADOLID

Artículo 37. Ordenación especial del tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación.

3.-El cierre a la circulación de una vía objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial sólo se realizará con carácter excepcional y deberá ser expresamente autorizado por el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico o , en su caso, por la autoridad autonómica o local responsable de la regulación del tráfico, salvo que esté motivada por deficiencias físicas de la infraestructura o por la realización de obra en ésta; en tal caso la autorización corresponderá al titular de la vía, y deberá contemplarse, siempre que sea posible, la habilitación de un itinerario alternativo y su señalización. El cierre y la apertura al tráfico habrá de ser ejecutado, en todo caso, por los

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 10/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Valladolid

PaísEspaña

Fecha10/01/2020

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones5564

Primera edición02/01/2003

Ultima edición27/03/2024

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