Boletín Oficial de Navarra del 9/7/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Página 6630 - Número 150

Jueves, 9 de julio de 2020

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.1. DISPOSICIONES GENERALES
1.1.2. Decretos Forales DECRETO FORAL 46/2020, de 1 de julio, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
El Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informa de la necesidad de modificar su plantilla orgánica a fin de ajustarla a las necesidades reales del mismo.
Asimismo, al ser asuntos que se determinan en la plantilla orgánica, se recoge la modificación planteada por el Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior sobre los requisitos de acceso a una jefatura. Esta modificación no tiene coste económico.
Existe informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica del Departamento de Economía y Hacienda.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día uno de julio de dos mil veinte, DECRETO:
Artículo 1.º Creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:
Se crean las plazas de la plantilla orgánica que se relacionan seguidamente y que cuentan con la correspondiente dotación económica en el Capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos:
Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.
Dirección General de Interior:
Dieciocho vacantes de Suboficial Bombero, de régimen funcionarial, nivel B, identificadas en la plantilla orgánica con los números de plaza 10985, 10986, 10987, 10988, 10989, 10990, 10991, 10992, 10993, 10994, 10995, 10996, 10997, 10998, 10999, 11000, 11001 y 11002.
Artículo 2.º Modificación de los requisitos de acceso a determinadas jefaturas.
Se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, en el siguiente sentido:
Se modifica el Anexo I del Decreto Foral 73/2019, de 18 de junio, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a fin de establecer los requisitos de diversas Jefaturas de Sección, Negociado y unidades asimiladas, en el sentido de suprimir los requisitos específicos a la Jefatura de Sección de Juego y Espectáculos Públicos, plaza número 9624, del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición final primera.Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.
Se faculta al Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución de este decreto foral.
Disposición final segunda.Entrada en vigor.
Este decreto foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 1 de julio de 2020.La Presidenta del Gobierno de Navarra, María Chivite Navascués.El Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior Javier Remírez Apesteguía.

F2007106

1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS
ORDEN FORAL 92E/2020, de 11 de junio, de la Consejera de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención Convocatoria año 2020 de subvenciones para la realización de proyectos de Educación para el Desarrollo y Acciones de Sensibilización. Identificación BDNS: 511066.
Las Instituciones Navarras, sensibles a la conciencia social de nuestra Comunidad Foral, vienen destinando fondos, en concepto de Ayuda Oficial
al Desarrollo AOD, como contribución solidaria al desarrollo humano y sostenido de los países y pueblos empobrecidos, incorporándose así a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible acordados por Naciones Unidas en septiembre de 2015.
Por su parte, el Consejo de la Unión Europea, considera necesario reforzar el sentimiento de solidaridad internacional y crear un entorno favorable al establecimiento de una sociedad intercultural en Europa, apoyando en los Estados miembros la educación para el desarrollo, y la política de comunicación vinculada a la misma, animando igualmente a seguir apoyando iniciativas de ONGD que trabajan en materia de educación para el desarrollo. En la misma línea, ha definido un Consenso europeo sobre el desarrollo, que entre otros aspectos señala que la UE propugna una amplia participación de todos/as los/as interlocutores/as interesados/
as en el desarrollo de los países, y alienta la participación de todos los sectores de la sociedad.
La Ley Foral 5/2001, de 9 de marzo, de Cooperación al Desarrollo, establece los principios rectores, los objetivos y medios de la Cooperación al Desarrollo en Navarra. Así, señala en su artículo 1.º que la Comunidad Foral de Navarra asume la responsabilidad de cooperar con otros países para propiciar su desarrollo integral, contribuir a la mejora de las condiciones de vida de sus habitantes y aliviar y corregir las situaciones de pobreza, propiciando un desarrollo humano solidario y estable, que incluya mayores cuotas de libertad y un reparto más justo de los frutos del crecimiento económico.
La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones constituye el marco regulador común para todo tipo de ayudas públicas y en ellas se establecen los principios generales, conceptos, criterios, competencias, obligaciones y responsabilidades, así como el procedimiento de concesión, gestión y control. Además, en su artículo 30 se señala que para aquellas actividades objeto de subvención que se desarrollen habitualmente en un periodo anual que no se corresponde con el ejercicio presupuestario, como el curso escolar, se podrá adquirir el compromiso de gasto necesario con cargo al ejercicio siguiente sin precisar para ello la autorización del Gobierno de Navarra.
Consecuentemente, procede establecer y publicar las bases que regulen el régimen de subvenciones para Proyectos de Educación para el Desarrollo, y Acciones de Sensibilización de modo que se garantice en estas subvenciones el cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación y control; así como los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente, y por el Decreto Foral 268/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales.
ORDENO:
1. Aprobar la convocatoria de la subvención Convocatoria año 2020
de subvenciones para la realización de proyectos de Educación para el Desarrollo y Acciones de Sensibilización.
2. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria, que se recogen en el Anexo de esta Orden Foral.
3. Autorizar un gasto plurianual de 870.000 euros distribuidos de la siguiente manera: 616.000 euros para el ejercicio 2020, con cargo a la partida 900004 91100 4819 143102 Cooperación Internacional al Desarrollo del Presupuesto de gastos de 2020; y 254.000 euros para el ejercicio 2021, quedando dicho gasto supeditado a la existencia de crédito suficiente en las partidas que a tal fin se habiliten en los presupuestos de gastos de 2021.
4. Publicar esta Orden Foral y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
5. Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.
6. Trasladar esta Orden Foral al Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo, así como a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a los efectos oportunos.
Pamplona, 11 de junio de 2020.La Consejera de Derechos Sociales, María Carmen Maeztu Villafranca.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 9/7/2020

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha09/07/2020

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031