Boletín Oficial de Navarra del 15/5/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Página 5936 - Número 93

Miércoles, 15 de mayo de 2019

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo RECURSO DE ALZADA contra la convocatoria de provisión, mediante oposición, de doce plazas de Psicólogo.
En el procedimiento para la provisión, mediante oposición, de doce plazas del puesto de trabajo de Psicólogo, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, cuya convocatoria se aprobó por Resolución 1395/2018, de 18 de junio, de la Directora General de Función Pública, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 170, de 3 de septiembre de 2018, don Patxi Josu Baigorri Zía ha interpuesto recurso de alzada frente a los resultados definitivos del primer ejercicio.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se comunica a todos los interesados para que en el plazo máximo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio puedan formular alegaciones, las cuales se presentarán en el Registro General sito en el Palacio de Navarra, Avenida Carlos III, 2, de Pamplona o por cualquiera de los medios que prevé el artículo 16 de la citada Ley.
La copia del recurso interpuesto se encuentra a disposición de los interesados en la Sección de Régimen Jurídico de la Dirección General de Función Pública, sita en la Avenida de Carlos III, número 2, segunda planta, de Pamplona.
Pamplona, 2 de mayo de 2019.La Directora General de Función Pública, Amaia Goñi Lacabe.
F1906093

1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS
RESOLUCIÓN 195E/2019, de 21 de marzo, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de EmpleoNafar Lansare, por la que se aprueba la convocatoria y las bases reguladoras de las subven ciones al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales de Navarra mediante la realización de inversiones en las mismas.
Identificación BDNS: 445611.
La Agenda 2030 para el desarrollo sostenible, aprobada el 25 de septiembre de 2015, señala que todos los países participantes deberán construir economías dinámicas, sostenibles, innovadoras y centradas en las personas. Las cooperativas contribuyen al crecimiento económico sostenible y al empleo estable y de calidad. Dentro de los países del G20, el empleo cooperativo supone el 12% de la población ocupada total. El papel de la economía social está reconocido en la normativa estatal, se incluye en las políticas estatales y forma parte de las políticas activas de empleo de las Comunidades Autónomas. La Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, reconoce el interés general de la Economía Social e insta a los poderes públicos a su fomento y difusión.
Navarra es una de las comunidades autónomas en las que la Economía Social tiene mayor peso, contribuyendo a la generación y mantenimiento de un empleo de calidad y sostenible, especialmente en tiempo de crisis económica. La vinculación al territorio de estas empresas y la apuesta por un empleo solidario e inclusivo hacen que sea especialmente importante apoyar su desarrollo.
El Gobierno de Navarra aprobó en su sesión de 22 de mayo de 2017 el Plan integral de economía social de Navarra 20172020. El plan se articula en cinco líneas estratégicas: empleo sostenible y de calidad; innovación social; desarrollo empresarial; gobernanza participativa; y desarrollo sectorial. Estas cinco líneas están lideradas en su mayor por la Dirección General de Política Económica y Empresarial y el Servicio Navarro de EmpleoNafar Lansare, aunque cuentan también con la participación de otros departamentos.
Las subvenciones establecidas en estas bases se encontraban reguladas en la Resolución 858/2015, de 4 de mayo, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo. Dichas bases han sido aplicadas durante los últimos años y precisan algunas modificaciones. Por ello, procede dejar sin efecto las mismas y aprobar unas nuevas bases.
El Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el 28 de noviembre de 2018, ha acordado autorizar al Servicio Navarro de EmpleoNafar Lansare la concesión de subvenciones al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas de trabajo asociado y sociedades
laborales de Navarra mediante la realización de inversiones en las mismas, en régimen de evaluación individualizada, por responder este sistema más adecuadamente a la naturaleza de estas ayudas, en las que el hecho causante de la subvención es el mismo en todos los casos.
De conformidad con lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 12 del Decreto Foral 263/2015, de 2 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de EmpleoNafar Lansare, RESUELVO:
1.º Dejar sin efecto la Resolución 858/2015, de 4 de mayo, de la Directora Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por la que se regula la concesión de subvenciones al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales de Navarra mediante la realización de inversiones en las mismas.
2.º Aprobar la convocatoria de subvenciones al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales de Navarra mediante la realización de inversiones en las mismas, así como sus bases reguladoras que se recogen en el Anexo de esta Resolución.
3.º Autorizar un gasto por un importe de 697.000 euros con cargo a la partida 950001 96100 7709 241200 Ayudas a inversión de empresas de economía social, del presupuesto de gastos de 2019.
4.º Atender con cargo al presupuesto del 2019 las solicitudes presentados al amparo de la Resolución 858/2015, de 4 de mayo, por la que se regula la concesión de subvenciones al fomento del empleo y mejora de la competitividad en la cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales de Navarra mediante la realización de inversiones en las mismas, que quedaron pendientes de resolver en el ejercicio 2018, las cuales se resolverán conforme a lo dispuesto en las citadas bases.
5.º La presente convocatoria tendrá efecto para las inversiones realizadas y pagadas con posterioridad al 1 de enero de 2019.
6.º Publicar esta Resolución y su Anexo en el Boletín Oficial de Navarra.
7.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Derechos Sociales, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Pamplona, 21 de marzo de 2019.La Directora Gerente del Servicio Navarro de EmpleoNafar Lansare, Paz Fernández Mendaza.
ANEXO
1. Objeto y ámbito de actuación.
El objeto de esta convocatoria es regular las condiciones y requisitos de la concesión de subvenciones a cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales de Navarra por la realización de inversiones en las mismas, apoyando el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas de economía social, mediante una mejora de su competitividad, facilitando así su creación y consolidación.
2. Actuaciones subvencionables.
Serán subvencionables la realización de inversiones que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales de Navarra.
Se atenderán con cargo a cada ejercicio presupuestario las solicitudes referidas a inversiones realizadas y abonadas entre el 1 de noviembre del año anterior y el 31 de octubre del año en curso.
Para el año 2019 se podrán presentar solicitudes referidas a inversiones realizadas y abonadas entre el 1 de enero y el 31 de octubre de ese año.
3. Beneficiarias de la subvención.
1. Las beneficiarias de estas subvenciones serán las cooperativas de trabajo asociado, las sociedades laborales y las cooperativas que nazcan como consecuencia de proyectos de cooperación entre cooperativas de trabajo asociado y/o sociedades laborales y que cuenten al menos con un socio de trabajo, que realicen las inversiones acogibles en estas bases.
2. Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
a Estar legalmente constituidas y tener actividad. Específicamente, se exigirá el alta en el Impuesto de Actividades Económicas en algún municipio de Navarra, así como el alta en el correspondiente Régimen de la Seguridad Social de todas las personas socias trabajadoras de la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 15/5/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha15/05/2019

Nro. de páginas202

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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