Boletín Oficial de Navarra del 14/7/2017

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Viernes, 14 de julio de 2017
RESUELVO:
1.º Aprobar las instrucciones que figuran como Anexos a esta Resolución, y a las que deberán ajustarse, durante el curso 20172018, la organización y el funcionamiento de los centros públicos en los que se imparten las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.
2.º Las instrucciones a las que se refiere esta Resolución serán de aplicación a los centros privados concertados en todo aquello que les afecte, de acuerdo con la normativa vigente al respecto.
3.º Publicar la presente Resolución y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Trasladar la presente Resolución y sus Anexos al Servicio de Ordenación, Orientación e Igualdad de Oportunidades, al de Evaluación, Calidad, Formación, Igualdad y Convivencia, al de Inspección Educativa, al de Universidades, al de Tecnologías Educativas y Sistemas de Información, al de Recursos Humanos, al de Multilingismo y Enseñanzas Artísticas, al de Formación Profesional, al Negociado de Gestión de la Información Escolar y a la Dirección General de Universidades y Recursos Educativos a los efectos oportunos.
5.º Contra la presente Resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 22 de junio de 2017.El Director General de Educación, Roberto Pérez Elorza.
Anexo I
Instrucciones que van a regular durante el curso 20172018
la organización y el funcionamiento de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria Las instrucciones de comienzo de curso concretan y aclaran aspectos normativos vigentes y regulan otros, no establecidos en norma, en busca de una mejora en la organización y funcionamiento de los centros. Buscan, además, establecer las líneas prioritarias de trabajo para el curso.
Las instrucciones presentan tres capítulos diferenciados:
El primero, relativo a la Programación General Anual, en el que se dan indicaciones sobre la elaboración del Plan de mejora del centro y sobre su participación en las diferentes evaluaciones con el fin de detectar las posibles áreas de mejora.
En el segundo se especifican algunos aspectos organizativos necesarios para el funcionamiento del centro.
En el tercero se relaciona la normativa derivada de la LOE de uso más generalizado.
I.Programación general anual La Programación General Anual es el instrumento básico que recoge la planificación, la organización y el funcionamiento del centro. La elaboración de este documento se adecuará a las exigencias de rigor, sencillez y utilidad.
En atención a los principios de autonomía, responsabilidad y eficiencia, el equipo directivo gestionará sus recursos y planificará organización, horario, calendario de coordinación interna y externa, etc. con el objetivo de la mejora, tanto del apoyo al alumnado como de los resultados académicos.
Los apartados que debe contener la Programación General Anual PGA vienen establecidos en el artículo 49.2 del Reglamento Orgánico de los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria D. F. 24/1997 y en la Orden Foral 257/1998, que desarrolla dicho Reglamento. Las presentes Instrucciones anuales de organización y funcionamiento de los centros, añaden a estos apartados algunas especificaciones. Como resultado de conjugar estos documentos, el Servicio de Inspección Educativa propone a los centros el siguiente índice para su Programación General Anual:
A Plan anual / Plan de mejora.
B Horario general del centro y criterios pedagógicos para su elaboración.
C Concreción anual del Proyecto educativo de centro / Currículo.
C.1. Concreción del currículo de las etapas modificaciones.
C.2. Plan anual de atención a la diversidad.
C.3. Plan de orientación académica. Plan de acción tutorial.
C.4. Plan de convivencia.
D Órganos de gobierno y de coordinación didáctica.
D.1. Consejo escolar y Claustro.
D.2. Equipo directivo.
D.3. Plan anual de trabajo de la CCP.
D.4. Plan anual de trabajo de la UAE.
D.5. Plan anual de trabajo de los Equipos de bloque organizativo.
E Plan de formación de centro.

Número 136 - Página 7559
F Actividades complementarias y extraescolares.
G Servicios complementarios.
H Evaluación de la PGA.
Las escuelas rurales que comparten Programación General anual enviarán un ejemplar en el que se mencione expresamente el nombre de los colegios que integran el grupo de coordinación. Será responsabilidad de las direcciones de todos los centros integrantes aunque se haga constar el nombre de una de ellas como interlocutora para el Departamento de Educación. Igualmente se hará constar el nombre y las horas de dedicación de la persona que realiza las funciones de coordinación y apoyo a las escuelas rurales de la zona de influencia.
Las escuelas rurales que compartan la Programación General Anual harán mención expresa, diferenciada por escuelas, a los apartados en los que no todas las escuelas compartan el mismo planteamiento o criterios de organización.
1.Autoevaluación y Plan de mejora del centro.
Dentro de la supervisión de los planes de mejora que lleva a cabo el Servicio de Inspección Educativa, este curso se pondrá a disposición de los centros una herramienta de autoevaluación del desempeño de los mismos, de la que a partir del curso 20182019 se derivarán los sucesivos planes de mejora.
Para medir su desempeño, los centros y los equipos de bloque realizarán este curso 20172018 una evaluación interna o autoevaluación, en tres niveles de ejecución:
a La dirección del centro.
b Los equipos de bloque.
c El profesorado.
La medición y análisis de los resultados de la autoevaluación se han de llevar a cabo con arreglo a las instrucciones complementarias que el Servicio de Inspección Educativa facilitará a los centros en el primer trimestre. Así mismo se facilitará a los centros una herramienta para cada uno de los tres niveles de ejecución, elaborada para tal fin.
La autoevaluación de centro se realizará de manera objetiva y rigurosa de acuerdo con los ámbitos, estándares e indicadores homologados facilitados en las instrucciones complementarias.
Partiendo del análisis de necesidades identificadas, el centro elaborará un plan específico bienal de mejora del desempeño, que sustituirá al conocido actualmente como plan de mejora. El diseño de este plan se incluirá en la Memoria final del curso 20172018, y se aplicará en los cursos 20182019 y 20192020. La supervisión del mismo la llevará a cabo el Servicio de Inspección Educativa dentro del marco de seguimiento y supervisión de la PGA de los centros.
El Departamento de Educación apoyará el desarrollo y consecución de los objetivos del Plan de mejora de los centros a través de los distintos Servicios del Departamento, facilitando orientaciones, propuestas, ejemplos de buenas prácticas y, en su caso, formación al equipo docente, que puedan ayudar a los centros a priorizar y seleccionar sus líneas y actuaciones de mejora. Con el fin de facilitar y unificar el análisis de la situación, basado en datos, se dispondrá como fuente de información del sistema de gestión Educa.
El Plan de formación del centro, pieza clave de la formación institucional, y cuyo contenido será establecido por el equipo directivo, deberá atender a las necesidades derivadas de la autoevaluación del desempeño y del Plan de mejora.
En las escuelas rurales el plan de formación de zona serán los equipos directivos los que acuerden su contenido. Corresponde al coordinador de zona la gestión de las actividades y acciones aprobadas por las direcciones.
2.Convivencia e Igualdad.
2.1. Convivencia. Programa Laguntza.
En el Plan de Convivencia de cada centro se recogerán medidas curriculares y organizativas encaminadas a la mejora de la convivencia, el buen trato y el clima escolar, la prevención de todas las formas de violencia, la atención y abordaje de conflictos, el acoso escolar, los abusos y cualquier otra situación de discriminación o malos tratos que ponga en peligro la seguridad física, emocional o personal de quienes integran la comunidad educativa.
En esta programación se resaltará la importancia de la implicación de toda la comunidad educativa en la prevención y el aprendizaje de los buenos tratos, la resolución de conflictos, la creación de entornos emocionalmente seguros y saludables y en una postura comprometida con la eliminación del acoso escolar.
Las escuelas rurales, que compartan Programación General Anual, incorporarán un plan específico para fomentar la convivencia y el intercambio de experiencias y actividades entre el alumnado en el horario lectivo y extraescolar y, en general, entre los miembros de la comunidad educativa de las mismas.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 14/7/2017

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha14/07/2017

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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