Boletín Oficial de la Región de Murcia del 7/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 182

Jueves, 8 de agosto de 2019

Página 24958

5. La concesión del aplazamiento o fraccionamiento de la autoliquidación por Cuotas de las Tarifas especiales o declaración-liquidación posterior de la tasa, no suspenderá la tramitación del expediente, determinando el impago de alguno de los plazos su exigencia por vía de apremio.
Artículo 11. Infracciones y sanciones.
Se aplicará el régimen de infracciones y sanciones reguladas en la Ley General Tributaria y en las disposiciones que la complementen y desarrollen.
Vigencia Esta ordenanza surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y seguirá en vigor en ejercicios sucesivos en tanto no se acuerde su modificación o derogación.
En Torre Pacheco a 29 de julio de 2019.El Alcalde-Presidente, Antonio León Garre.

NPE: A-080819-5188

www.borm.es
D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 7/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha07/08/2020

Nro. de páginas75

Nro. de ediciones12301

Primera edición10/07/1982

Ultima edición12/07/2023

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