Boletín Oficial de la Región de Murcia del 17/11/1999

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

CPI NC

F PC

FC

Número 266

Miércoles, 17 de noviembre de 1999

Página 11951

NF

PF CPF

SC

DISPONGO

I. COMUNIDAD AUTÓNOMA

Artículo 1. Objeto.
La presente Orden convoca y establece el régimen jurídico de concesión de subvenciones para la realización de proyectos de fomento de la iniciativa empresarial de los jóvenes de la Región de Murcia.

S F A C

3. OTRAS DISPOSICIONES
AF
O C

Consejería de Presidencia O F S U C

13184

Orden de 29 de octubre de 1999, de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a organizaciones de jóvenes empresarios, para el fomento de la iniciativa empresarial.

Artículo 2. Créditos Presupuestarios.
Dichas subvenciones se concederán con cargo a los créditos para ello previstos en el concepto presupuestario 484, de la Sección 11, Servicio 07, Programa 323-A, de la Ley 12/1998, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 1999, por un importe de 3.000.000.-Ptas.

S U F T X C

La Constitución española establece en su artículo 48, que los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.
Por otra parte, el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, establece en su artículo 10, que corresponde a la Comunidad Autónoma de Murcia la competencia exclusiva en materia de política juvenil, conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Constitución.
Al amparo de este marco legislativo se promulga la Ley 8/
1995, de 24 de abril, de promoción y participación juvenil, cuyo Título III, dedicado a las políticas de promoción de la juventud, recoge como prioritarias en la acción del Gobierno, las políticas de empleo dirigidas a los jóvenes de la Región de Murcia, políticas que tendrán por objeto impulsar y facilitar el acceso de los jóvenes al mercado laboral.
De acuerdo a lo anterior y como medida a adoptar para la consecución del mencionado objetivo dentro del ámbito de competencias de la Consejería de Presidencia, en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 1999, aprobados por Ley 12/1998, de 31 de diciembre, figuran en el Programa 323-A Promoción y servicios a la juventud, créditos destinados a la concesión de subvenciones para el fomento de la iniciativa empresarial de los jóvenes.
Al objeto de efectuar la asignación de los referidos créditos en las condiciones de publicidad, concurrencia y objetividad, establecidos en el artículo 51 de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, en redacción dada por la Ley 11/1998, de 28
diciembre, de medidas financieras, administrativas y de Función Pública Regional, se hace necesario establecer las normas reguladoras para su solicitud y concesión.
Dada la naturaleza de las subvenciones convocadas por la presente Orden, cuya finalidad es orientar la actuación privada hacia la consecución de los objetivos que, en materia de juventud, se ha propuesto esta Consejería para el presente ejercicio, de forma que lo que se pretende asegurar con la concesión de estas subvenciones es la realización de actividades que complementen los programas que se desarrollan por parte de la Dirección General de Juventud en dicho sentido y teniendo en cuenta que, en muchos casos, las subvenciones financian una parte importante de los gastos inherentes a las actuaciones que se pretende fomentar, se considera oportuno no condicionar el pago de las mismas a la previa justificación del cumplimiento de su finalidad.
En su virtud, a propuesta del Director General de Juventud y conforme a las facultades que me atribuye la Ley Regional 1/
1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
Artículo 3. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas por la presente Orden las organizaciones de jóvenes empresarios que reúnan los siguientes requisitos:
a Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro pertinente. Este requisito se acreditará mediante certificación del Registro correspondiente, de que la entidad se encuentra inscrita en el mismo.
b Tener implantación en la Región de Murcia, entendiendo que la entidad cumple este requisito cuando su sede social radique en la Región de Murcia. Este extremo se acreditará mediante la presentación de copia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal.
c Tener asociados en más de cinco municipios de la Región de Murcia y que, al menos, el 75% de éstos tengan edades comprendidas entre los 18 y 35 años. Este requisito se acreditará mediante la aportación de un Certificado de la entidad solicitante, en el que conste la relación de municipios en los que están representados, el número total de socios y el número de éstos que cumplen con las condiciones de edad establecidas.
d Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el momento de la concesión, extremo que será comprobado de oficio por parte del órgano encargado de la instrucción del procedimiento.
e Haber justificado las subvenciones percibidas con anterioridad.
Artículo 4. Proyectos objeto de subvención.
Los proyectos para los que se solicite subvención, deben venir referidos a la realización de actuaciones cuyos objetivos se orienten a estimular la iniciativa emprendedora de los jóvenes en relación con la creación de empresas.
Artículo 5. Solicitud y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de subvención se formularán de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se formalizarán en el modelo de instancia que figura como Anexo I
a la presente Orden.
2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Presidencia de la Comunidad Autónoma, sito en Palacio de San Esteban, C/. Acisclo Díaz, s/n, 30071-Murcia, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo NI C

BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA
NIF

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 17/11/1999

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha17/11/1999

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones12301

Primera edición10/07/1982

Ultima edición12/07/2023

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