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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 10/1/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
U N 1124/17 se encuentra prevista en los artículos 22 inciso 2 y el artículo 64 del texto legal citado y se impuso como consecuencia de las anomalías en la calidad y eficiencia del servicio prestado por la SAT-SAPEM, resultando adecuado el porcentual descontado en las facturaciones del servicio afectado;
Que lo decidido por el Ente resulta debidamente sustentado en antecedentes de hecho y de derecho. Los argumentos esgrimidos por la empresa SAT-SAPEM en el recurso de alzada no son admisibles para modificar lo resuelto y exonerarla de su responsabilidad al comprobarse la falta de atención al reclamo;
Que por lo expuesto anteriormente corresponde rechazar el recurso deducido;
Por ello y en virtud de lo dictaminado por Fiscalía de Estado Dictamen Fiscal N
0918 de fecha 16/04/18 -fs. 33/34;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Recházase el Recurso de Alzada interpuesto por la Sociedad Aguas del Tucurnán - SAPEM en contra de la Resolución N 1142/17 del 19/12/17, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán ERSEPT; en virtud del considerando precedente.
ARTÍCULO 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Productivo.
ARTÍCULO 3.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-