Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 14/12/2021
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
2016 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL
1
"2021
- AÑO
DEL -TRIGÉSIMO
LA CONSTITUCIÓN
AÑO
XXX
Ushuaia,ANIVERSARIO
Martes 14 deDE
Diciembre de 2021 -PROVINCIAL"
Nº 5009
Nº 5009
AÑO XXX
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
BOLETIN OFICIAL
República Argentina PODER EJECUTIVO
Prof. Gustavo Adrián MELELLA
Gobernador
Mónica Susana URQUIZA
Vicegobernadora
Lic. Paulo Agustín TITA
Ministro Jefe de Gabinete
Prof. María Gabriela CASTILLO
Ministro de Finanzas Públicas
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Dra. Judit Jésica Rosana DI GIGLIO
Ministro de Salud
Sonia Elizabeth CASTIGLIONE
Dra. Adriana Cristina CHAPPERON
Ministro deGobierno, Justicia y Derechos Humanos Paula Elizabeth GARGIULO
D.I. Analía Inés CUBINO
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
Leonardo Miguel ZARA
Dr. José Guillermo CAPDEVILA
Secretario General, Legal y Técnico
Carlos Claudio CARRERA
Dr. Federico Armando RUNIN
Secretario de Representación Política de Gobierno
Javier Marcelo EPOSTO
Lic. Andrés Manuel DACHARY
Secretario de Malvinas,Antártida, Islas delAtlántico Sur y Asuntos Internacionales
Ministro de Producción y Ambiente
Marcelo Juan ROMERO
Ministro Trabajo y Empleo Omarde Daniel NOGAR
Prof. Verónica Evangelina GONZALEZ
Ministro de Desarrollo Humano
Ushuaia, Martes 14 de Diciembre de 2021
DECRETOS
DECRETO N 2163
25-10-21
VISTO el Expediente Nº MFP-E-67980-2021 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la creación de un suplemento particular destinado a integrar el régimen retributivo del personal del Servicio Penitenciario Provincial.
Que en el marco de la ejecución de la segunda etapa del Plan de Recuperación del Salario Estatal que lleva adelante el Gobierno de la Provincia, se han establecido los parámetros para la pauta salarial del año 2021 correspondiente al personal de la Policía, Civil y Policial, y del Servicio Penitenciario de la Provincia.
Que con el fin de coordinar una política salarial armónica que alcance a todos los sectores bajo dependencia del Poder Ejecutivo Provincial, se han articulado diversas acciones de fortalecimiento de los regímenes retributivos que componen los escalafones que aplican en el ámbito de la Provincia.
Que en el caso particular del Servicio Penitenciario de la Provincia, resulta oportuno que, en atención al carácter crítico de las tareas desempeñadas por su personal, al cuidado y resguardo de la integridad física de las personas privadas de su libertad, bajo responsabilidad exclusiva del Estado Provincial, y al cumplimiento de las pautas establecidas por el artículo 38 de la Constitución Provincial, se provean herramientas de fortalecimiento del haber percibido, a los efectos de asegurar la prestación del servicio en las condiciones requeridas por el ordenamiento jurídico vigente y el sistema de derechos humanos.
Que en este sentido resulta oportuno continuar desplegando la estrategia de fortalecimiento de los haberes del personal del Servicio Penitenciario de la Provincia, en el marco del Plan de Recuperación del Salario Estatal iniciado en febrero de 2020.
Que en lo que a la política salarial se refiere, tanto en orden al monto de los haberes, como a la recomposición y/o mejoramiento salarial y a la estructura de los regímenes retributivos en particular, vale tener presente que dichos extremos son resorte de la competencia del titular del Poder Ejecutivo, a través del ejercicio de sus facultades discrecionales, ello en consonancia con el criterio expuesto por el Superior Tribunal de
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"