Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 30/10/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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Por lo expuesto, en consonancia con el criterio vertido por el señor Vocal Legal, entiendo que la instancia en que se encuentran los presentes actuados torna innecesario solicitar al Dr. Suárez una ampliación de su Informe Legal N 155/06, respetando los parámetros supra indicados, sin perjuicio de hacerle saber que en sucesivas oportunidades deberá atenerse a ellos.
Por lo demás adhiero a los argumentos vertidos por el Señor Vocal Legal propulsando mi voto en idéntico sentido.
Finalizando, toma la palabra el Sr.
Vocal de Auditoría CPN Víctor Hugo MARTINEZ, quien luego de analizar los votos precedentes sienta su postura en el sentido de adherir a los argumentos vertidos por los Miembros preopinantes. En consecuencia, el Cuerpo Plenario de Miembros RESUELVE:
ARTICULO 1: REMITIR en devolución al IPAUSS las actuaciones de referencia a los fines de dar cumplimiento a lo indicado en Informe Legal N 187/06, obrante a fs. 108/110.
ARTICULO 2: NOTIFICAR del presente pronunciamiento al Auditor Fiscal interviniente a los fines de proseguir con la investigación ordenada por Resolución TCP N 08/04, a los fines de efectuar un seguimiento del cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3 de la Resolución TCP N 49/04 y de los cursos de acción que se adopten en consecuencia, así como de las liquidaciones que en materia de honorarios se efectúen.
ARTICULO 3: LIBRAR OFICIO
al Juzgado de Instrucción de Primera Nominación del Distrito Judicial Sur a los fines de que se indique el estado de la causa que tramita por expediente caratulado: MAGALDI ENZO
OLIVER c/ IPPS s/ AMPARO s/
RECURSO DE QUEJA, atento la denuncia formulada por el Dr. Ladereche.
ARTICULO 4: REMITIR copia certificada de las actuaciones y del presente Acuerdo al Juzgado de Instrucción de Primera Nominación del Distrito Judicial Sur. Por Secretaría Privada del Cuerpo Plenario se registrará y cursarán las notificaciones correspondientes.
No siendo para mas, se da por finalizado el acto en la ciudad y fecha indicadas ut-supra. Fdo: VOCAL DE
AUDITORIA A CARGO DE LA
PRESIDENCIA: CPN Víctor Hugo MARTINEZ - VOCAL LEGAL:
CPN DR Claudio Alberto RICCIUTI.
ACUERDO PLENARIO N 1050.En la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, siendo las 11:00 horas del día 4 de Agosto de 2006, se reúnen los Miembros del Tribunal de Cuentas, contando con el quórum previsto en el art. 27
de la Ley Provincial 50, a fin de dar tratamiento plenario al Expediente
AÑO XV - Ushuaia, Lunes 30 de Octubre de 2006 - Nº 2208
Letra: S.L. N 214/06 del registro de este Tribunal de Cuentas, caratulado: CAUSA N 466/00
RODRIGUEZ OSVALDO Y
OTROS S/ DEFRAUDACIÓN C/
ADM. PÚBLICA.
Comenzando con el análisis de las actuaciones toma la palabra el Sr.
Vocal Legal, señalando que a fs. 1 obra la Nota Interna Letra: S.L. N 858/
06, a través de la cual el Secretario Legal Subrogante Dr. Gustavo MOLNAR informa el estado de la Causa N 466/00 tramitada por ante el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, caratulada: Rodríguez, Osvaldo Manuel y otros s/ Defraudación contra la Administración Pública 14 HECHOS y su acumulado:
Dieguez, Servando y otros s/ Defraudación contra la Administración Pública reiterada Expte. N
778/02, en la cual este Tribunal se presentó como Actor Civil.
Señala el letrado que en dicha causa, con fecha 23/06/06, se dictaron los sobreseimientos de los Sres. Ramón Segundo GALLARDO, Carlos Alberto PASTORIZA, Servando DIEGUEZ, Jorge Alberto FORNERON, Atsushi KIDA, Sergio BELLO, Delcio ROCHON, Norberto PAVLOV, Juan Luis Pedro RAMOS, Osvaldo RODRIGUEZ y Horacio MUÑOZ, con motivo de la extinción de la acción penal por prescripción. Sin perjuicio de lo cual, el proceso judicial continúa respecto de los hechos investigados en la Causa Dieguez referidos a la refinanciación de la deuda de Vargas Macias Eddie y de la deuda de Lilak S.A. - Grupo Económico Surty Sur S.R.L., continuando sometidos a proceso los Sres. GALLARDO, PASTORIZA y DIEGUEZ, fijándose una nueva audiencia para el día 25/09/06 a las 10:00 hs.
Agrega en relación a los hechos respecto de los cuales se ha decretado la prescripción de la acción penal, que ésta no afecta la acción civil, que aún puede ser continuada ante la Jurisdicción Civil correspondiente, donde debería incoarse la demanda pertinente; solicitando se le informe el temperamento a seguir.
Abierto el debate, indica el Sr. Vocal Legal que comparte el criterio del Secretario Legal Subrogante en cuanto que, atento el sobreseimiento de los nombrados con motivo de la extinción de la acción penal por prescripción y la consecuente conclusión del proceso penal en relación a los hechos comprendidos por dicha resolución, la acción civil iniciada en el marco de la Causa N 466/00 no puede continuarse respecto de tales hechos, por cuanto dicha acción no tiene autonomía dentro del proceso penal en el que se subordina a la promoción de la acción punitiva, su continuación y reconocimiento en la sentencia condenatoria penal.
Concluye, así, el Sr. Vocal Legal señalando que procede instruir a la Secretaría Legal a fin de iniciar la de-

manda pertinente ante el Juzgado Civil competente, en los términos de los arts. 2 inc. g, 26 inc. i, 51, 52 y cdts. de la Ley Provincial 50, en relación a los hechos respecto de los cuales se dispuso el sobreseimiento de los Sres. Ramón Segundo GALLARDO, Carlos Alberto PASTORIZA, Servando DIEGUEZ, Jorge Alberto FORNERON, Atsushi KIDA, Sergio BELLO, Delcio ROCHON, Norberto PAVLOV, Juan Luis Pedro RAMOS, Osvaldo RODRIGUEZ y Horacio MUÑOZ, con motivo de la extinción de la acción penal por prescripción en la Causa N 466/00, tramitada por ante el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, caratulada: Rodríguez, Osvaldo Manuel y otros s/Defraudación contra la Administración Pública 14
HECHOS y su acumulado: Dieguez, Servando y otros s/Defraudación contra la Administración Pública reiterada Expte. N 778/02.
Ello, previa constatación por parte de la Secretaría Legal que tales sobreseimientos se encuentren firmes.
Seguidamente toma la palabra el Sr.
Presidente, manifestando su postura de adherir a los fundamentos expuestos por el Sr. Vocal Legal, impulsando su voto en el mismo sentido.
Por todas las consideraciones expuestas, el Cuerpo Plenario de Miembros, en el marco de las facultades previstas en los arts. 2 inc. g, 26 inc.
i, 51, 52 y cdts. de la Ley Provincial 50, RESUELVE:
ARTICULO 1- Instruir a la Secretaría Legal a fin de iniciar la demanda pertinente ante el Juzgado Civil competente, en los términos de los arts. 2 inc. g, 26 inc.
i, 51, 52 y cdts. de la Ley Provincial 50, en relación a los hechos respecto de los cuales se dispuso el sobreseimiento de los Sres.
Ramón Segundo GALLARDO, Carlos Alberto PASTORIZA, Servando DIEGUEZ, Jorge Alberto FORNERON, Atsushi KIDA, Sergio BELLO, Delcio ROCHON, Norberto PAVLOV, Juan Luis Pedro RAMOS, Osvaldo RODRIGUEZ y Horacio MUÑOZ, con motivo de la extinción de la acción penal por prescripción en la Causa N 466/00, tramitada por ante el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, caratulada: Rodríguez, Osvaldo Manuel y otros s/Defraudación contra la Administración Pública 14 HECHOS y su acumulado: Dieguez, Servando y otros s/Defraudación contra la Administración Pública reiterada Expte.
N 778/02. Ello, previa constatación por parte de la Secretaría Legal que tales sobreseimientos se encuentren firmes.
ARTICULO 2- Notificar, con copia certificada del presente y remisión de las actuaciones, a la Secretaría Legal.
Por Secretaría Privada del Cuerpo Plenario de Miembros se registrará,
notificará y publicará el presente Acuerdo Plenario en el Boletín Oficial de la Provincia y se realizará la tramitación administrativa de rigor.
No siendo para más, se da por finalizado el acto en el lugar y fecha indicados ut supra. Fdo: PRESIDENTE:
C.P.N. Víctor Hugo MARTINEZ VOCAL LEGAL: C.P.N. Dr. Claudio Alberto RICCIUTI.
ACUERDO PLENARIO N 1051.En la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, siendo las 11:00 horas del día 04 de Agosto de 2006, se reúnen los Miembros del Tribunal de Cuentas, contando con el quórum previsto en el art. 27
de la Ley Provincial 50, a fin de dar tratamiento plenario al Expediente Letra: T.C.P - S.C. N 58/06 del registro de este Tribunal de Cuentas, caratulado: INV. PTAS.
IRREGULARIDADES EN EL MJ.
Y D. EN EL MANEJO DE FDOS.
NACIONALES RES. J.G. M
NAC. N 383/05 POR 200.000,00.
Habiendo analizado las actuaciones en primer término el Sr. Vocal de Auditoría C.P.N. Víctor Hugo MARTINEZ, seguidamente se transcribe su Voto: Antecedentes.
Las actuaciones sustanciadas por Expediente Letra: T.CP.-S.C. N 58/06
de registro de este Tribunal de Cuentas caratulado: INV. PTAS. IRREGULARIDADES EN EL MJ. y D.
EN EL MANEJO DE FDOS. NACIONALES RES. J.G. M NAC. N
383/05 POR $ 200.000,00; se ventilan con motivo de una denuncia penal, Dictamen Letra S.L. y T. N
446/06 y copia de la Resolución Letra M.J.y D. N 16/06, adjuntas en Nota Letra M.J.y D. N 779/06 fs.
1 que se remite a este Tribunal de Cuentas.
Que en el marco de la Resolución Plenaria N 25/06 V.A. se resolvió designar a la Auditor Fiscal C.P.N
María Fernanda COELHO, a los efectos de sustanciar la investigación, conforme lo normado por Resolución Plenaria T.C.P. N 71/02.
Que en el marco de dicha investigación de éste órgano de Control, deviene Informe Letra T.C.P. Adm.
Central N 169/06 fs. 41/42 a través del cual la Auditor Fiscal de éste Tribunal de Cuentas da cuenta de las irregularidades detectadas en torno a la restitución de los fondos nacionales transferidos a ésta Provincia.
En efecto, la Auditor Fiscal concluye en su investigación la existencia de un presunto perjuicio fiscal ocasionado como consecuencia de la falta de devolución a la Cuenta Corriente General del Tesoro de la Provincia N 1/71/0435/7, conforme lo establece el artículo 2 del Decreto Provincial N 3525/05 de los fondos nacionales transferidos a través de la Cuenta Corriente Banco Nación Argentina N 53520140/20 y destinados al Programa Nacional de Deportes y Juventud.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 30/10/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha30/10/2006

Nro. de páginas66

Nro. de ediciones3669

Primera edición02/01/2002

Ultima edición17/11/2023

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