Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 7/9/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín oficial de la Provincia de soria Lunes, 7 de septiembre de 2020

Núm. 103

Cuarto. Cuantía.
La disponibilidad presupuestaria asciende a 125.000,00 €
La cuantía de la ayuda podrá llegar hasta el 50% del salario bruto estipulado en el contrato con un límite máximo de 400,00 € al mes. El periodo subvencionable será de un máximo de 5
meses, comprendidos entre el 1 de marzo y el 31 de octubre del año 2020. No se financiarán solicitudes que presenten justificaciones inferiores a 3 mensualidades.
Quinta. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de la solicitud será de veinte días a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria.
Sexto. Otros datos.
La solicitud y demás documentación correspondiente a la presente convocatoria estará a disposición de los interesados en la página web de la Diputación Provincial de Soria.
http www.dipsoria.es/ciudadanos/ayudas-y-subvenciones Sede electrónica: http www.dipsoria.es/ciudadanos/oficina-virtual-y-tramites Soria, 2 de septiembre de 2020. El Presidente, Benito Serrano Mata.
1636
EXTRACTO del acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 2 de septiembre de 2020 por el que se convocan ayudas para financiar gastos de alquiler/hipoteca de vivienda 2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios:
Podrán beneficiarse de la presente ayuda las personas físicas, mayores de edad o menores emancipados, empadronadas y residiendo habitualmente en municipios de menos de 20.000
habitantes de la provincia de Soria.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas para financiar gastos de alquiler o hipoteca de la vivienda habitual, mediante adjudicación directa a personas físicas, arrendatarias o propietarias de viviendas situadas en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Soria, atendiendo a las dificultades de las personas para efectuar dichos pagos como consecuencia del impacto económico y social generado por la actual crisis sanitaria y al proyecto presentado por Diputación de Soria al Fondo Social Extraordinario destinado exclusivamente a las consecuencias sociales del COVID-19: Ampliar ayudas económicas familiares.
Tercero. Bases reguladoras Ordenanza General reguladora de la concesión de Subvenciones por la Diputación de Soria BOP nº 147 de 23 de diciembre de 2009.
http www.dipsoria.es/sites/dipsoria/files/public/paginas/archivos/ordenanza_general_reguladora_de_la_concesion_de_subvenciones.pdf
BOPSO-103-07092020

Pág. 1715

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 7/9/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha07/09/2020

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones2676

Primera edición04/05/2005

Ultima edición06/05/2024

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