Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 21/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín oficial de la Provincia de soria Núm. 96

Viernes, 21 de agosto de 2020

administración local
Pág. 1610

AY U N TA M I E N T O S
ÓLVEGA

BOPSO-96-21082020

al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio del reglamento del servicio integral del agua en el municipio de ólvega, cuyo texto íntegro se hace público, para general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del régimen local.
rEGlamEnto dEl sErVicio intEGral dEl aGUa En El mUniciPio dE ólVEGa ÍndicE

caPÍtUlo i: disPosicionEs GEnEralEs.

caPÍtUlo ii: oBliGacionEs Y dErEcHos dE la Entidad sUministradora Y dE los aBonados.

caPÍtUlo iii: instalacionEs intEriorEs.

caPÍtUlo iV: acomEtidas.

caPÍtUlo V: control dE consUmos.

caPÍtUlo Vi: condicionEs dEl sUministro dE aGUa.

caPÍtUlo Vii: concEsión Y contratación dEl sUministro.

caPÍtUlo Viii: rEGUlaridad En El sUministro.

caPÍtUlo iX: lEctUras, consUmos Y FactUracionEs.

caPÍtUlo X: FraUdEs En El sUministro dE aGUa.

caPÍtUlo Xi: rÉGimEn Económico.

caPÍtUlo Xii: consUltas Y rEclamacionEs.

caPÍtUlo Xiii: rÉGimEn sancionador
caPÍtUlo XiV: inFraccionEs Y PEnalidadEs.

caPÍtUlo XV: sErVicio dE sanEamiEnto aPlicaBlE al control dE VErtidos.

caPÍtUlo XVi: condicionEs tÉcnicas dEl aBastEcimiEnto Y sanEamiEnto Y condicionEs dE los VErtidos.

disPosición Final.

caPÍtUlo i disPosicionEs GEnEralEs
Artículo 1.- Objeto.
El objeto de este reglamento es la regulación del servicio de gestión integral del agua y las relaciones entre los abonados y la Entidad suministradora del agua responsable de la gestión del mismo en el término municipal de ólvega.
Artículo 2. Gestión, titularidad del servicio y competencias.
1. El servicio de suministro de agua potable es un servicio público de titularidad municipal, sin perjuicio de la forma de gestión que apruebe el ayuntamiento.
2. El ayuntamiento de ólvega o la empresa suministradora serán los encargados de prestar el servicio de la gestión integral del agua.
3. El suministro domiciliario de agua potable se ajustará a cuanto establece el presente reglamento, ordenanzas municipales y real decreto 314/2006 de 17 de marzo, código técnico de la Edificación, documento Básico sección Hs4 suministro de agua y Hs5 evacuación de aguas.
con el objetivo de garantizar la correcta prestación del suministro del agua potable a que se refiere el presente reglamento, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan al servicio

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 21/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha21/08/2020

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones2675

Primera edición04/05/2005

Ultima edición03/05/2024

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