Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 8/7/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

Boletín Oficial de la Provincia de Soria Lunes, 8 de julio de 2019

Núm. 77

Cuarto. Con efectos del día 15 de junio del 2019 fecha de constitución de este Ayuntamiento, establecer a favor de los diferentes grupos políticos municipales una dotación económica de la siguiente cuantía:
550 € anuales por cada concejal o concejala electo.
100 € anuales por cada grupo político municipal.
Esta dotación no podrá ser destinada al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio del ayuntamiento, ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial, y será objeto de una contabilidad específica que los grupos políticos pondrán a disposición del pleno de la corporación cuando éste lo solicite, en los términos previstos en la legislación vigente.
Quinto. Establecer a favor de los miembros de la corporación el derecho a ser indemnizados por los gastos efectivamente realizados en el ejercicio del cargo, previa su acreditación documental.
Sexto. Notificar este acuerdo a los portavoces de los distintos grupos políticos municipales y a los concejales y concejalas afectados, haciendo constar a aquellos que han sido designados para desempeñar su cargo en régimen de dedicación exclusiva o parcial, que se entenderá aceptado este régimen de no manifestarse nada al respecto dentro del plazo de las 24 horas siguientes a su notificación.
Séptimo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la LRBRL y difundir su contenido, de acuerdo con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en la sede electrónica municipal, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno.
Almazán, 2 de julio del 2019. El Alcalde, Jesús María Cedazo Mínguez.
1491
De conformidad con lo dispuesto en el art. 22 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local y el art. 51,2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales, aprobado por RD/ 2568/1986, de 28 de noviembre, el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 1 de julio del 2019 ha adoptado entre otros el siguiente acuerdo:
PRIMERO: Delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las siguientes atribuciones del Pleno:
1 El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria.
2 La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.
3 La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
4 Las competencias que como órgano de contratación le atribuye al Pleno, la Disposición Adicional Segunda, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, en
BOPSO-77-08072019

Pág. 1593

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 8/7/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha08/07/2019

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones2672

Primera edición04/05/2005

Ultima edición26/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2019>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031