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Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 8/7/2019
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria
Boletín Oficial de la Provincia de Soria Núm. 77
Lunes, 8 de julio de 2019
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Pág. 1592
AY U N TA M I E N T O S
BOPSO-77-08072019
ALMAZÁN
De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional segunda, punto séptimo de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 1 de julio del 2019 ha adoptado entre otros el siguiente acuerdo:
Primero.- Designar como miembros componentes de las Mesas de Contratación de este Ayuntamiento con el carácter de permanente:
- Presidente: El Sr. Alcalde o en su sustitución el 1er Tte. Alcalde.
- Vocales:
El Secretario de la Corporación.
El Interventor de Fondos de la Corporación.
Un funcionario de carrera adscrito a Secretaría.
Secretario, un funcionario de carrera adscrito a Secretaría.
Segundo.- La mesa podrá ser asistida con voz pero sin voto, por técnicos competentes o un concejal, en función del asunto a tratar. También asistirán como observadores un concejal en representación de cada grupo político de la Corporación.
Tercero.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, en la sede electrónica de la Corporación y en la plataforma de Contratación del Sector Público.
Almazán, 2 de julio del 2019. El Alcalde, Jesús María Cedazo Mínguez.
1490
De conformidad con lo dispuesto en el art. 75,5 de la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local, el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 1 de julio del 2019, ha adoptado entre otros el siguiente acuerdo:
Primero. Establecer que, con efectos del día 15 de junio del 2019 la dedicación exclusiva del Sr. Alcalde D. Jesús María Cedazo Mínguez, fijándose una retribución salarial, mientras desempeñe el cargo en 43.513,68 € brutos repartido en catorce mensualidades experimentando dicha cantidad el incremento retributivo que el Gobierno señale para el personal al servicio del sector público en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado o normativa sectorial aplicable.
Tercero. Con efectos del día 15 de junio del 2019, fecha de la constitución de este Ayuntamiento, establecer a favor de los miembros de la Corporación que no ejerzan sus cargos en régimen de dedicación exclusiva o parcial, el régimen de indemnizaciones siguiente:
Por asistencia a las sesiones de pleno: 65 €.
Por asistencia a las sesiones de la Junta de Gobierno: 65 €.
Por asistencia a las sesiones de las comisiones informativas de carácter permanente: 65 €.
A los Presidentes de las Comisiones Informativas la cantidad de 110 euros con un máximo de 30 Comisiones Informativas al año. En ningún caso ningún Concejal podrá percibir más de 2
indemnizaciones diarias.