Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 2/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca

N.º 42 Lunes 2 de Marzo de 2020
Pág. 1

I. Administración Central MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Confederación Hidrográfica del Duero O.A.
Comisaría de Aguas APROBACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN DEL TRAMO DE RÍO ALMAR CORRESPONDIENTE A LA JUNTA DE EXPLOTACIÓN DEL TORMES - AÑO 2020
Con fecha 21 de enero de 2020, la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero ha dictado la siguiente resolución:
Sometidos a información pública los valores para el Canon de Regulación del Río Tormes Almar, correspondiente a la Junta de Explotación del Tormes resultantes del Estudio Económico efectuado por el Área de Explotación con la participación de los órganos representativos de los usuarios y beneficiarios existentes en los Tramos de Río que se relacionan, y transcurrido el plazo concedido sin que se hayan formulado reclamaciones contra los mencionados valores, esta Presidencia, a la vista de lo dispuesto en los artículos 302 y 309 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril, ha acordado aprobar el Canon de Regulación del correspondiente Ejercicio Económico del Año 2020 por los valores que a continuación se indican:
Canon de Regulación Tramo de Río
Canon
Almar
119.524,65 €

La naturaleza económico administrativa de esta resolución la hace susceptible de ser impugnada mediante recurso de reposición potestativo, regulado en el título III del Reglamento General de Desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, que podrá interponerse ante esta Presidencia en el plazo de un mes y también mediante reclamación económico administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León en el mismo plazo, de acuerdo con los trámites y procedimiento establecidos en el título IV del citado Reglamento, no siendo posible simultanear ambas vías de impugnación. La utilización de cualquiera de ambas vías impugnatorias no suspenderá por sí misma la eficacia de esta resolución ni demorará las liquidaciones que de la misma traigan causa.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
LA SECRETARIA GENERAL
Firmado electrónicamente por Sofía Soto Santos.

CVE: BOP-SA-20200302-001

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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA

D.L.: S 1-1958

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 2/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Salamanca

PaísEspaña

Fecha02/03/2020

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones2967

Primera edición11/06/2012

Ultima edición23/05/2024

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