Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 26/2/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY Nº 10.129

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Prorróguese hasta el día 31 de diciembre del año 2019 el plazo establecido en la Ley N 8.107 y sus modificatorias -Adjudicación de uso a favor de la Cooperativa de Trabajo Chamical Ltda.
Artículo 2.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 133 Período Legislativo, a seis días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. Proyecto presentado por los diputados Carlos Renzo Castro y Sergio Daniel Brizuela.
Adriana del Valle Olima - Vicepresidente 1 - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Juan Manuel Artico Secretario Legislativo DECRETO Nº 107
La Rioja, 15 de febrero de 2019
Visto: el Expediente Código Al N 04305-4/18, mediante el cual la Cámara de Diputados de la Provincia eleva el texto sancionado de la Ley N 10.129; y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 inc. 1 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Promúlgase la Ley N 10.129
sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 06 de diciembre de 2018.
Artículo 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General y Legal de la Gobernación.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.
Casas, S.G., Gobernador - Mercado Luna, G., S.G.G.

RESOLUCION
RESOLUCION Nº 118 D.G.I.P.
La Rioja, 16 de octubre de 2018
Visto: El proceso de verificación y determinación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos incoado al contribuyente Ávila, Elio Agustín, inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Régimen Local bajo el N 007-003985-5, con fecha de inicio de actividades el 09/09/2003, que desarrolla la actividad de: Venta al por menor de artículos varios, excepto tabacos, cigarros y cigarrillos en kioscos, polirrubros y comercios Código 5211920/0, en Expte. F2202599-2015, y Considerando:

Martes 26 de Febrero de 2019

Que el proceso se inicia al detectarse inconsistencias en la cuenta del contribuyente. Registra inconsistencias con Agentes de percepción.
Que el proceso es autorizado mediante Orden de Intervención OIFIS N 0004041 de fecha 01/06/2015.
Que el 12 de junio de 2015 se da inicio a la verificación en el domicilio legal del contribuyente sito en calle La Plata N 441 de la ciudad de Chilecito, con la entrega de Acta de inicio y requerimiento de la documentación necesaria para realizar el proceso, por los períodos enero de 2009 a abril de 2015:
1. Facturas de ventas o documentos equivalentes.
2. Facturas de compras o documentos equivalentes.
3. Facturas de gastos o documentos equivalentes tasa de seguridad e higiene, monotributo, alquiler, etc..
4. Nota en carácter de declaración jurada informando el origen de las retenciones bancarias.
Que el 08 de junio de 2015 se circulariza a EDELAR
SA a efectos que presente detalle de las liquidaciones practicadas al contribuyente por el inmueble ubicado en calle La Plata N 441 por los períodos enero de 2009 a abril de 2015.
Que con fecha 26 de junio de 2015 se efectúa un segundo requerimiento al contribuyente.
Que el 21 de junio de 2015 se labra Acta con información relevante para la verificación.
Que con fecha 18 de junio de 2015 se circulariza a las firmas comerciales Distrigal SRL; Cerda, José Esteban;
Chama, Mario Salim; Álvarez Distribuciones SRL; Cortez, José Luis; Rodríguez, Eduardo Héctor; Alizzi, Fernanda Mariel; Caliva, Bernabé Rita; Distribuidora Cristal SRL y Sirerol, Juan Carlos a efectos que presenten Nota informando las compras efectuadas por el contribuyente por el período enero de 2009 a abril de 2015, detallando número de factura, fecha de emisión e importe neto de IVA.
Que el 30 de julio de 2015 se labra Acta con información relevante para la verificación.
Que el 31 de julio de 2015 se notifica al contribuyente que se aplicará el Proceso determinativo sobre Base Presunta Art. 35 de la Ley N 6.402, en virtud de no haber presentado la documentación que permita desarrollar el proceso sobre Base Cierta.
Que con fecha 14 de agosto de 2015 se circulariza a AFIP solicitando: 1. Situación de revista.
Que el 12 de noviembre de 2015 se le efectúa al contribuyente una Notificación de regularización fiscal bajo los términos de la Ley 9.739 - Régimen de regularización de obligaciones.
Que los períodos sometidos a proceso de verificación integral son los comprendidos entre enero de 2009 y abril de 2015.
Que conforme se notificara al contribuyente sometido a verificación se procedió a determinar las bases según lo dispone el Art. 35 Base Presunta del Código Tributario Provincial Ley N 6.402 y modificatorias.
Que obra adjunta Corrida de Vista y Planilla determinativa notificada vía Correo con fecha 27 de julio de 2018.
Que de lo actuado, surge deuda en concepto de diferencias por omisión por los períodos 01 a 03, 06, 07, 10 y 12 de 2011; 02, 03 y 05 a 12 de 2012; 01 a 12 de 2013; 01 a 12 de 2014 y 01 a 04 de 2015, que asciende a la suma de Pesos Veintiséis Mil Cuatrocientos Dieciséis con 92/100 $
26.416,92 en concepto de capital y Pesos Diez Mil Novecientos Noventa y Ocho con 05/100 $ 10.998,05 en

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 26/2/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha26/02/2019

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2453

Primera edición02/01/1998

Ultima edición22/03/2024

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