Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 9/4/2021

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 09 de Abril de 2021

info@ipbscordoba.es para cualquier consulta o incidencia en el uso de los medios electrónicos, las cuales serán resueltas en horario de 9:00 a 14:00 horas, días laborables de Córdoba.
Séptimo. Otros datos El abono de la subvención tendrá el carácter de prepagable, excepto en el caso de que el proyecto, actividad o inversión estén realizados, en cuyo supuesto, el pago de la subvención exigirá la previa justificación, por parte del beneficiario, de la realización del objeto de la subvención. No procederá el citado pago anticipado si el beneficiario de la subvención tiene concedido un aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de un procedimiento de reintegro de la subvención concedida con anterioridad.
Córdoba a 30 de marzo de 2021. Firmado electrónicamente: El Presidente del Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba, Francisco Ángel Sánchez Gaitán.

Gerencia Municipal de Urbanismo Córdoba Núm. 1.216/2021
Rf.: Planeamiento 4.1.3 - 1/2019
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba, en sesión celebrada el día 11 de febrero de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar definitivamente la Innovación-Modificación puntual del Plan Parcial O-5 Camino de Turruñuelos en el ámbito de la parcela 1.2 y normativa de cuerpos salientes, promovido por la entidad mercantil HERMANCA S.L.

Alt.
Parcela
1.1

Superficie
Uso
Ocup
11.015,36 m PAS-1

1

40%

1.2

15.521,02 m
1.3

4.472,27 m
2.1

5.789,69 m
2.2

18.311,77 m
2.3

17.827,63 m
2.4

5.042,04 m
3.1

3.970,88 m
3.2

10.730,60 m
PAS-1

40%

3.3

15.004,56 m
PAS-3

50%

2

I

II

III

IV

11.900 mt
20

30

30

20

V

VI

VII

VIII

16.660 mt
38

30

38

24

6.069 mt
17

17

17

7.140 mt
15

15

15

15

21.420 mt
30

20

20

30

20

20

20

20

14%

21.420 mt
30

20

20

30

20

20

20

20

14%

8.092 mt
17

17

17

17

5.355 mt
15

15

15

11.900 mt
10

20

40

28.108 mt
120

120

24

8%
38

13%
4%
5%

40%
PB+5

PAS-2

Nº Viv. / Bloque
50%
PB+4

PAS-1

Techo Edificable
PB+4
PB+5

PAS-2

Segundo. Depositar el documento aprobado en el Registro Administrativo Municipal artículo 40 L.O.U.A. y artículo 9 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, constituido por acuerdo del Excmo.
Ayuntamiento Pleno de 5 de febrero de 2004 B.O.P. nº 51, de 5
de abril de 2004.
Tercero. Remitir el presente acuerdo junto con el documento aprobado a la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio para su inscripción en el Registro de Instrumentos de Planeamiento de Andalucía Unidad Registral de Córdoba.
Cuarto. Una vez que se certifique el depósito en dichos Registros, publicar el acuerdo aprobatorio y el articulado de sus normas/texto de las ordenanzas en el B.O.P., para su entrada en vigor, con indicación de haberse depositado previamente en dichos registros y de los recursos correspondientes.
Quinto. Notificar el presente acuerdo al promotor y demás interesados en el expediente, si los hubiera, con indicación de los recurso que en derecho correspondan.
Córdoba, 6 de abril de 2021. Firmado electrónicamente: El Gerente, Luis Valdelomar Escribano.
ORDENANZAS MODIFICADAS
Artículo 16. Condiciones de ordenación
2. Edificabilidad neta: La edificabilidad neta de cada parcela será resultado de la aplicación de las Normas de composición de esta sección, sin superar en ningún caso el techo máximo edificable asignado por este Plan Parcial para cada bloque y parcela, y que se tabula a continuación y representa en el Plano de Ordenación 8.2 "Calificación, Usos y Ordenanzas" de este Plan Parcial.

5%

50%
4%

PB+4
3

107.685,82m
PB+5

33,26%


Artículo 17. Condiciones de la edificación
6. Vuelo de cuerpos salientes:
a
b Quedan prohibidos los cuerpos salientes cerrados, salvo en las fachadas recayentes al espacio libre interior de la parcela. Para estos últimos, el vuelo no podrá exceder de 1/20 del diámetro
8%
24

24

138.064mt
25%
100%

de la circunferencia inscribible entre unidades edificatorias, con un máximo de 1 metro, y se permitirán en planta baja en un máximo del 75% de la longitud de fachada.
Se permiten cuerpos salientes abiertos en las fachadas recayentes al espacio libre interior de la parcela cuyo vuelo no podrá exceder de 1/15 del diámetro de la circunferencia inscribible entre unidades edificatorias, con un máximo de 1,50 metros.
c

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 66 p.2034

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 9/4/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha09/04/2021

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones3528

Primera edición04/01/2010

Ultima edición26/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2021>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930