Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 19/2/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Permanente.
Visto lo estipulado en el artículo 121 de la Ley 40 de Régimen Jurídico del Sector Público donde se establece que: "El personal al servicio de los consorcios podrá ser funcionario o laboral y habrá de proceder exclusivamente de las Administraciones participantes. Su régimen jurídico será el de la Administración Pública de adscripción y sus retribuciones en ningún caso podrán superar las establecidas para puestos de trabajo equivalentes en aquélla", así como que el Consorcio carece de personal propio y de plantilla de personal para atender las necesidades del Consorcio.
Además, en todos estos supuestos se hace necesario que los órganos de contratación nombren a uno o varios empleados públicos titulares y suplentes, normalmente funcionarios de carrera, siempre que sea posible, para que, actuando como órgano de carácter unipersonal, asistan al órgano de contratación en la apertura y valoración de los sobres que contienen las ofertas de los licitadores. Para dicha valoración y posterior propuesta de adjudicación, ese órgano unipersonal de asistencia podrá valerse, al igual que lo hace la mesa de contratación, en aquellos casos en que así se requiera, de asesores que ayuden a aquel en el proceso de toma de decisiones, pues a mayor abundamiento toda el proceso de contratación se debe desarrollar en clave electrónica, pues la Disposición adicional 15 de la LCSP, generaliza la tramitación electrónica de los procedimientos de licitación, sin distinguir por tipos de procedimientos, al señalar que la presentación de ofertas y solicitudes de participación se llevará a cabo utilizando medios electrónicos. La citada conclusión se ve reforzada si tenemos en cuenta lo dispuesto en las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común y 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Para su cumplimiento el Consorcio Feria del Olivo en sus procedimientos de licitación utilizará la herramienta de la Plataforma de Contratación del Sector Público en sucesivas referencias, PLACSP, puesta a disposición de las Administraciones Públicas a través de la Subdirección General de Coordinación de la Contratación Electrónica, adscrita a la Dirección General del Patrimonio del Estado del actual Ministerio de Hacienda.
Visto lo establecido en el artículo 326.5 de la LCSP 2017 en referencia a quienes pueder formar parte de las Mesas de contrata-

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ción y el escaso número de funcionarios de carrera en la plantilla de este Ayuntamiento se hace necesario la designación de funcionarias interinas en este Órgano Unipersonal de Asistencia a la Presidencia y a la Asamblea del Consorcio Feria del Olivo que se pretende crear.
En uso de las facultades que me están conferidas en el artículo 10 de los Estatutos del Consorcio y de cara a facilitar la tramitación de los expedientes de contratación abiertos simplificados previstos en el artículo 159.6 que tramite el Consorcio Feria del Olivo de Montoro Córdoba cuya competencia se atribuya a esta Presidencia y a la Asamblea General como órganos de contratación, se considera adecuado y conveniente proceder a crear un Órgano Unipersonal de Asistencia a estos Órganos de Contratación , en virtud de lo cual se dicta la siguiente, RESOLUCIÓN:
Primero. Aprobar, la creación de un Órgano Unipersonal de Asistencia al Órgano de Contratación de la Presidencia y a la Asamblea General del Consorcio Feria del Olivo de Montoro Córdoba, para los procedimientos abiertos simplificados suscintos previstos en el artículo 159.6 que tramite el Consorcio a partir de la aprobación de la presente Resolución hasta la constitución de una nueva Corporación o hasta que se derogue este acuerdo por otro posterior, siendo su composición la siguiente:
Titular: D. Melania Segura Martínez, Técnico de Administración General del Ayuntamiento de Montoro.
Suplente: D. María Teresa Regalón Rodríguez, Administrativa del Ayuntamiento de Montoro.
Segundo. Proceder a la publicación del presente acuerdo en el en el perfil de contratante alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público y, además, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Tercero. La presente Resolución surtirá efectos desde el día de la firma, sin perjuicio de su publicación en el Perfil del Contratante del Sector Público".
Lo que se hace público para general conocimiento.
Montoro, 10 de febrero de 2020. Firmado electrónicamente: La Presidenta del Consorcio Feria del Olivo, Ana María Romero Obrero.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Miércoles, 19 de Febrero de 2020

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 19/2/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha19/02/2020

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones3534

Primera edición04/01/2010

Ultima edición07/05/2024

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