Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 13/2/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

De: D. José Torres Crespo Contra: Reparaciones Serviasti S.L.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 66/2019, sobre Ejecución de título judicial, a instancia de José Torres Crespo contra Reparaciones Serviasti S.L., en la que con fecha 29/10/19
se ha dictado Auto por el que se extingue la relación laboral entre las partes, conforme la parte dispositiva que literalmente sigue:
1º. Declaro extinguida, en la fecha de esta resolución, la relación laboral.
2º. Condeno a la empresa demandada al pago de las siguientes cantidades:
- 4.384,99 €, en concepto de indemnización.
- 20.021,34 € en concepto de salarios de tramitación.
Contra este auto cabe interponer Recurso de Reposición que se debe presentar en este órgano judicial en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación, debiendo expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá el recurso. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida artículo 184.3 LRJS. Siendo indispensable, si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, que exhiba al tiempo de su interposición, el resguardo acreditativo de haber depositado en la oficina 2015 del Banco de Santander, en la cuenta corriente nº 1445.65.0066-19 la cantidad de 25 €. Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Reposición dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que haya incurrido la misma.
Así lo acuerda, manda y firma María Josefa Gómez Aguilar, Magistrada de este Juzgado.
Y para que sirva de notificación en forma a la empresa Reparaciones Serviasti S.L. y su publicación en el BOP expido y firmo el presente en Córdoba a 4 de febrero de 2020. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Alicia Alférez de la Rosa.

OTRAS ENTIDADES
Instituto de Cooperación con la Hacienda Local Córdoba Núm. 446/2020
Órgano: Vicepresidencia del I.C.H.L.
Aprobada la liquidación colectiva de la Tasa por la prestación de Servicios en el Centro de Discapacitados Psíquicos Profundos de la Diputación de Córdoba, correspondiente al mes Enero del ejercicio 2020, en virtud de la delegación conferida por la Presidencia mediante decreto de 11 de julio de 2019, he acordado por resolución de fecha 5 de febrero de 2020, la exposición pública por el plazo de un mes de referido padrón cobratorio y, la puesta al cobro de las liquidaciones incluidas en el mismo, durante el plazo de ingreso voluntario que se indica a continuación.

Nº 30 p.856

Asimismo, mediante el presente anuncio se realiza la notificación colectiva de las liquidaciones contenidas en el referido padrón cobratorio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, artículo 24
del Reglamento General de Recaudación aprobado mediante R.D. 939/2005, de 29 de julio, y en el artículo 97 de la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho Público de la Diputación Provincial de Córdoba.
Recursos:
Contra el acto administrativo de aprobación de las liquidaciones practicadas, podrá interponerse Recurso de Reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante la Vicepresidencia del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local Diputación de Córdoba, en cualquiera de nuestras oficinas de atención, durante el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública.
Plazo de ingreso en periodo voluntario:
El plazo de ingreso en periodo voluntario comprenderá desde el día 14 de febrero hasta el 14 de abril de 2020, ambos inclusive.
Forma de pago:
Las deudas que no estuvieran domiciliadas, podrán abonarse de forma telemática en la Sede electrónica del Organismo, accesible desde el portal www.haciendalocal.es.
El abono de forma presencial en ventanilla, únicamente podrá realizarse mediante la presentación del correspondiente documento de ingreso abonaré remitido al domicilio del obligado al pago, durante el horario de oficina en cualquiera de las sucursales de las siguientes Entidades Colaboradoras de la Recaudación Provincial:
Banco Santander, La Caixa, Caja Rural de Baena, Caja Rural del Sur, Caja Rural de Cañete, Caja Rural de Adamuz, Caja Rural de N. Carteya, Cajasur y Unicaja.
En caso de pérdida, destrucción o falta de recepción, el interesado podrá dirigirse a los siguientes puntos de atención dispuestos por el Organismo, donde se le facilitará el correspondiente duplicado:
Atención personal:
Córdoba: C/ Reyes Católicos, 17.
Baena: C/ Rafael Onieva Ariza, 9.
Cabra: C/ Juan Valera, 8.
Hinojosa del Duque: Plaza de San Juan, 4.
La Carlota: C/ Julio Romero de Torres, s/n.
Lucena: C/ San Pedro, 44.
Montilla: C/ Gran Capitán, esq. S. Juan de Dios.
Montoro: Avda. de Andalucía, 19.
Palma del Río: Avda. Santa Ana, 31 - 2 Pl.
Peñarroya-Pueblonuevo: Plaza Santa Bárbara, 13.
Pozoblanco: Avda. Marcos Redondo, 27.
Priego de Córdoba: C/ Trasmonjas, 2.
Puente Genil: C/ Susana Benítez, 10.
Atención telefónica:
957498283.
Sede electrónica:
Podrá acceder a la Sede Electrónica desde el portal www.haciendalocal.es Córdoba a 7 de febrero de 2020. Firmado electrónicamente: La Vicepresidenta del Organismo, Felisa Cañete Marzo.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Jueves, 13 de Febrero de 2020

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 13/2/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha13/02/2020

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones3529

Primera edición04/01/2010

Ultima edición29/04/2024

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