Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 1/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

N.º 0125

Miércoles, 1 de julio de 2020

Contingencia por el período comprendido entre el 22 y el 30 de junio de 2020, si bien ya sin la limitación del 50% de tope máximo orientativo para la reincorporación simultánea al trabajo presencial del personal de las diferentes áreas.
En este nuevo contexto, desde el Área de Personal, se ha venido trabajando en los últimos días con los responsables de las diferentes Áreas de la Diputación Provincial y su Organismo Autónomo, recopilando información previa que permita la actualización del Plan de Contingencia en lo que respecta a la Fase de Nueva Normalidad en la Diputación Provincial, adaptado a la idiosincrasia propia de esta institución, y a las directrices marcadas por las autoridades sanitarias.
En este protocolo se abordan un conjunto de medidas de prevención y de protección con el fin de garantizar la seguridad y la salud del personal de la Diputación Provincial y del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, así como de contribuir a reducir todo lo posible la propagación del virus en sus centros de trabajo, garantizando el derecho de los/las trabajadores/as al disfrute de sus vacaciones y el funcionamiento operativo de los servicios provinciales durante la época estival.
Para ello, la actualización del Plan de Contingencia mantiene el carácter preferente de la modalidad de trabajo no presencial, medida que, haciendo uso de lo previsto en el art. 5 del Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo, en relación con el art. 15 del Real Decreto 15/2020, de 21 de abril, se prorrogará por el plazo de dos meses a partir de la finalización del Estado de Alarma.

Incorporadas al Plan las apreciaciones realizadas por los/las distintos/as responsables de Área, y dictaminada favorablemente su actualización por el Comité de Seguridad y Salud en sesión telemática celebrada el día 26 de junio de 2020.
Vista y aceptada la propuesta de resolución elevada a esta Presidenta por el Director en funciones del Área de Personal, Formación y SEPEI.

Pág. 8144

CVE: BOP-2020-2244

Dicho Plan debe ser entendido como un documento dinámico, sometido a lo que resulte de la evaluación de la situación de remisión, estancamiento o expansión de la infección por Covid19.

Verificable en: http bop.dip-caceres.es
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 7.1.e. del RDL 21/2020, establece que las entidades titulares de los centros de trabajo deberán: Adoptar medidas para la reincorporación progresiva de forma presencial a los puestos de trabajo y la potenciación del uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres del 1/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres

PaísEspaña

Fecha01/07/2020

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones5436

Primera edición02/01/2002

Ultima edición30/05/2024

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