Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 9/2/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

298

9 febrero 2004

Administración Local DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA
DESARROLLO Y COMARCALIZACIÓN
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CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE PREMIOS PARA EL SEGUNDO
CONCURSO FOTOGRÁFICO PARA LA CAMPAÑA ESCOLAR
MEDIOAMBIENTAL 2004 ORGANIZADO POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUESCA.
1. - La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de premios del segundo concurso fotográfico para la campaña escolar medioambiental 2004 para centros escolares de primaria, secundaria y bachiller con motivo de la celebración del día Internacional del Medio Ambiente declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
2. - El gasto destinado a premios es de 1.600 euros, con cargo a la partida presupuestaria 04/5104.444.48100, Retención de Crédito núm. 2004-37-0
3. -Esta convocatoria se regularán por las bases que están a disposición de quien lo desee en la Diputación Provincial de Huesca, Sección de Desarrollo y Comarcalización. Porches de Galicia, 4.- 22071 Huesca. Teléfono 974/294118, correo electrónico dyc@dphuesca.es Huesca, 29 de enero de 2004.- El presidente, Antonio Cosculluela Bergua.

551
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN DE UN MÁXIMO DE UN 40% DEL AUTOBÚS PARA EL TRASLADO DE ESCOLARES
DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA DE LA PROVINCIA DE
HUESCA AL VIVERO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DURANTE LA
CAMPAÑA ESCOLAR PRIMAVERA 2004
1. - La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de la subvención de un máximo de un 40% del autobús para el traslado de escolares de educación infantil y primaria de la provincia de Huesca al Vivero de la Diputación Provincial durante la Campaña Escolar Primavera 2004.
2. - El gasto destinado al presente programa será, como máximo, de 4.000
euros, con cargo a la partida presupuestaria 04/5104.223.46000, Retención de Crédito núm. 2004-35-0
3. - La concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria se regulará por las bases que se especifican a continuación:
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE LA SUBVENCIÓN DE UN
MÁXIMO DE UN 40% DEL AUTOBÚS PARA EL TRASLADO DE ESCOLARES DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA DE LA PROVINCIA DE
HUESCA AL VIVERO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DURANTE LA
CAMPAÑA ESCOLAR PRIMAVERA 2004
Primera.- Objeto.
La Diputación Provincial de Huesca convoca la concesión de la subvención de un máximo de un 40% para el traslado de escolares de educación infantil y primaria de la provincia de Huesca al Vivero de la Diputación Provincial durante la Campaña Escolar Primavera 2004, con una dotación máxima de 4.000 euros, con cargo a la partida 04/5104
.223.44600 del actual presupuesto de la Corporación, Retención de crédito núm. 2004-35-0
Segunda.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los Centros de Educación Infantil y Primaria de la Provincia de Huesca que hayan visitado el Vivero Provincial durante la Campaña Escolar de Primavera 2004, a realizar durante el periodo del 15 de marzo al 15 de junio de 2004.
Tercera.- Concesión Recibidas las solicitudes, serán revisadas e informadas por los técnicos competentes de la sección de Desarrollo y Comarcalización. Se entenderá que el beneficiario acepta la subvención si en el plazo de 10 días, a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, no se manifiesta en sentido contrario mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Huesca.
Cuarta.- Plazos a Solicitudes . Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura como anexo a estas bases, dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Huesca y podrán presentarse en el registro General de la Corporación, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicha solicitud deberá ir suscrita por el responsable del centro que ha realizado la actividad. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de julio.
b Otorgamiento: Las subvenciones se otorgarán en el plazo de tres meses desde que finalice el plazo para la presentación de solicitudes.
Quinta.- Documentación a presentar y forma de justificación.
a Instancia según consta en modelo adjunto a estas bases, según Anexo I.

B. O. P. HU.- N.º 25

b Factura o fotocopia compulsada de la misma por el secretario del colegio del importe del autobús ocasionado por el desplazamiento del colegio al Vivero Provincial con motivo de la Campaña Escolar Primavera 2004, a nombre del colegio solicitante.
c Certificado del Secretario en el que se acredite:
1 Que los justificantes aportados corresponden a gastos directamente relacionados con la finalidad para la que ha sido concebida la subvención.
2 Que no se han recibido otras subvenciones que junto con la concedida por la Diputación Provincial de Huesca, superen el coste de la actividad subvencionada; en el supuesto de que se hubiese solicitado o recibido otra subvención de otra área o sección de la Diputación Provincial de Huesca para la misma finalidad, deberá hacerse constar de forma expresa, así como la relación de aquellas otras subvenciones concedidas por otras Administraciones o entidades publicas.
d Documento acreditativo, firmado por el responsable de la actividad educativa el mismo día de la visita, que indique la fecha y los datos del colegio.
Si la justificación no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá a los centros escolares, para que en un plazo de diez días hábiles subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se la tendrá por desistida de su petición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la LRJ-PAC, en su redacción dada por la Ley 4/99.
Transcurridos el plazo establecido en el párrafo anterior, o el plazo de justificación, sin que los documentos correspondientes hayan tenido entrada en el Registro de esta Diputación o en cualquiera de las Administraciones a las que se refiere el artículo 38.4 de la LRJ-PAC, el beneficiario perderá el derecho a percibir la subvención no justificada.
Sexta..- Definición del objeto de subvención:
El importe del transporte del traslado de escolares de educación infantil y primaria de la provincia de Huesca al Vivero de la Diputación Provincial durante la campaña escolar Primavera 2004
Séptima.- Cuantía.
La cuantía de la subvención será única y exclusivamente dirigida a sufragar los gastos ocasionados por el desplazamiento de los escolares para la realización de las actividades. La cuantía de 4.000 euros se prorrateará entre todas las solicitudes recibidas. La cuantía máxima de subvención para cada visita será de un máximo de un 40% de los gastos del traslado en autobús al vivero.
Esta ayuda es compatible con cualquier otra ayuda de alguna administración o institución pública y/o privada siempre que no supere el 100% del coste total de la actividad La relación de beneficiarios, la finalidad y la cuantía de las mismas. se publicarán en el Tablón de Edictos de esta Corporación en el plazo de tres meses desde la resolución.
Octava..- Criterios de concesión de la subvención.
Se otorgará la subvención a todos aquellos centros que hayan visitado el vivero y hayan solicitado la subvención dentro del plazo previsto.
Novena.- Obligaciones del beneficiario de la subvención:
1. - Realizar la visita al Vivero Provincial dentro de la Campaña Escolar de Primavera 2004.
2. - Cumplir los requisitos de las presentes bases.
3. - Someterse a la verificación por parte de esta Corporación del destino dado a las subvenciones concedidas.
4. - Comunicar a la Diputación Provincial de Huesca la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedente de cualquier administración, ente o persona pública y privadas, nacional o internacional, que supere el importe total de la actividad.
5.- Obligación de facilitar cuanta información le sea requerida por la Diputación Provincial de Huesca referente a cualquier circunstancia o extremo relativo a las actividades subvencionadas.
Décima.-Modificación y renuncia.
La alteración de las condiciones requeridas a los beneficiarios que determinaron el otorgamiento de la subvención o la concurrencia de cualquier otro tipo de ayudas sobrevenidas o no declaradas por el beneficiario que, en conjunto o aisladamente, bien superen el coste de la actividad a realizar, bien los límites porcentuales de la subvención tenidos en cuenta para su determinación, darán lugar a que se modifiquen los efectos de su concesión, y, en su caso, al reintegro del importe que corresponda.
El beneficiario podrá renunciar a la subvención y quedará liberado del cumplimiento de la carga o finalidad que se halle afectada a aquélla.
Undécima.- Revocación y reintegro de la subvención.
La Corporación revocará la subvención que ha otorgado en los siguientes casos:
1. - Cuando se haya obtenido la subvención sin reunir las condiciones requeridas para ello.
2. - Incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención.
3. - Incumplimiento de las condiciones impuestas a los beneficiarios con motivo de la concesión de la subvención.
4.- Cuando hubiera recibido otras subvenciones que supere el 100% del costo de la actividad, procederá a reintegrar el exceso a la Diputación Provincial de Huesca.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 9/2/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaísEspaña

Fecha09/02/2004

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4927

Primera edición02/01/2004

Ultima edición06/05/2024

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