Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 23/08/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
B.O.C.M. Núm. 1

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
DOMINGO 23 DE AGOSTO DE 2020

Pág. 3

RESUELVO
Primero Objeto y ámbito de aplicación Por la presente Resolución se establecen recomendaciones y medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de COVID-19 en el municipio de Tielmes, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica en dicha localidad.
Segundo Recomendaciones sobre libre circulación y las actividades sociales 1. Se recomienda a todos los ciudadanos que tengan residencia habitual en dicho municipio que limiten su movilidad fuera del mismo, salvo que concurran circunstancias que justifiquen el desplazamiento fuera del término municipal por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
2. Se recomienda a todos los ciudadanos que no tengan residencia habitual en Tielmes que eviten desplazarse a dicha localidad, salvo que concurran las mismas circunstancias establecidas en el apartado anterior.
3. Se recomienda no superar el número de diez personas en las reuniones sociales, celebraciones, actos religiosos o velatorios, tanto en espacios de carácter público como privado.
4. Se recomienda evitar las salidas y visitas en los centros residenciales de personas mayores.
Tercero Medidas específicas aplicables para la prevención de la trasmisión del COVID-19
en el municipio de Tielmes Sin perjuicio de las medidas ordenadas para todo el territorio de la Comunidad de Madrid, en la Orden 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, en el municipio de Tielmes se aplicarán las siguientes medidas específicas:
a Suspensión cautelar de funcionamiento de los establecimientos de hostelería y restauración, salvo para el servicio de entrega a domicilio.
b Suspensión cautelar de actividades colectivas de ocio o cualquier tipo de evento con asistencia de público.
c Suspensión cautelar de mercadillos y mercados al aire libre.
d Suspensión cautelar de funcionamiento del centro de día integrado en el centro residencial La Solana.
e Cierre cautelar de los parques y jardines.
Cuarto 1. La vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las medidas de restricción y prevención recogidas en esta Resolución corresponderá a las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes, según el régimen de distribución competencial previsto en la normativa aplicable.
2. Se dará traslado de la presente Resolución a la Delegación del Gobierno y al Ayuntamiento de Tielmes, a los efectos de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y de la policía local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.

BOCM-20200823-1

Vigilancia y control de las medidas adoptadas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 23/08/2020

TítuloBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaísEspaña

Fecha23/08/2020

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4251

Primera edición12/02/2010

Ultima edición02/05/2024

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