Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/3/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5834 - 26/03/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 3

Poder Ejecutivo Decreto de Necesidad y Urgencia Área Jefe de Gobierno DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N. 3/20
Buenos Aires, 26 de marzo de 2020
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N 1510/97, las Leyes Nros. 15
y 451 textos consolidados por Ley N 6.017, el Decreto de Necesidad y Urgencia N
2/20, el Decreto N 458/19, el Expediente Electrónico N 10331918/SSJUS/2020, y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N 2/20 se modificaron los artículos 1.2.4, 5.1.5 y 6.1.42, de la Ley N 451;
Que el Artículo 1º de la citada norma contiene un error material, en la indicación de la multa prevista en el Artículo 5.1.5 de la Ley Nº 451 correspondiente a la Violación de Precios o Tarifas;
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;
Que, en consecuencia, corresponde rectificar el artículo 1 del Decreto de Necesidad y Urgencia N 2/20 conforme a lo dispuesto por el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos;
Que la Ley N 15 regla el procedimiento que debe seguirse para la ratificación o el rechazo por parte de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los decretos de necesidad y urgencia dictados en función del artículo 91 de la Constitución de la Ciudad;
Que por Decreto N 458/19, se encomendó con carácter ad honoren, al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 91 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1.- Rectifícase el artículo 1 del Decreto de Necesidad y Urgencia N 2/20, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1.- Modificanse los artículos 1.2.4, 5.1.5 y 6.1.42, de la Ley N 451, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

BO-2020-5834-GCABA-DGCCON

página 3 de 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha26/03/2020

Nro. de páginas367

Nro. de ediciones5608

Primera edición06/08/1996

Ultima edición10/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2020>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031