Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/11/2018 (Anexo)

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 5490 - 1/11/2018

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 2

ANEXO - RESOLUCIÓN N.º 48/OGDAI/18 continuación
Control y Acceso a la Información DGSOCAI, mediante PV N24275559/SECAYGC/2018. Finalmente, la DGSOCAI fue quien le comunicó la respuesta a la solicitante, el 4 de septiembre de 2018. Vale destacar que es desde ese momento desde el cuál se computa el plazo de quince días hábiles para interponer reclamo ante esta instancia revisora, y no desde la fecha de la respuesta del sujeto requerido conf. Artículo 32 Ley N104.
3. Reclamo del 26 de septiembre de 2018
El 26 de septiembre de 2018, en los términos del artículo 32 la Ley N104 t.s. Ley N5.784, la Sra. Laura Gómez interpuso un reclamo ante este Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información. En trámite bajo el Expediente N26555433/MGEYA/2018, fundamentó su reclamo en que no se le brindó la información solicitada en el Expediente N22708291/MGEYA/2018. La solicitante se agravia ya que, según explica, se le brinda información legal inexacta al indicarle que las audiencias públicas ocurrirían cuando el cambio de uso del bien público requiere tratamiento legislativo.
Así, considera que se omitió mencionar al artículo 63 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires que establece que es obligatoria la celebración de una audiencia pública ante modificaciones de uso o dominio de bienes públicos. La reclamante entendió que cualquier modificación en el uso o dominio de bienes públicos, por lo establecido por la Constitución de la Ciudad, requería tratamiento legislativo y celebración de audiencia pública. Agregó que considera que quienes usan o dejaron de usar el bien público, para poder hacerlo, debieron contar con cierta documental que, según indica, no es solo potestad de la Legislatura tener.
4. Nota del 27 de septiembre de 2018
El 27 de septiembre de 2018, mediante Expediente N26675530/MGEYA/2018, la Sra. Laura Gómez acompañó una nota en la que solicitó que se adjunte al Expediente N22708291/MGEYA/2018 copia fiel de la solicitud original ingresada mediante el SUACI al mismo expediente que originó sic. Explicó que allí figuraba el área/dependencia seleccionada y dos campos para ingresar comentarios y preguntas.
CONSIDERACIONES
1. Consideraciones de forma y de fondo 1.1. Inadmisibilidad del reclamo El artículo 32 de la Ley N104 habilita al solicitante de un pedido de acceso a interponer un reclamo ante este Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información, con la finalidad de iniciar una instancia de revisión, en caso de denegatoria expresa o tácita de la solicitud de información iniciada. Sin perjuicio de los alegados agravios de la reclamante, quien justificó su reclamo en que no se le brindó la información solicitada y, contradictoriamente, al mismo tiempo, se le brindó información legal inexacta sic, este Órgano Garante considera que en la respuesta recibida no se configuran los supuestos de hecho previstos en el artículo 32 de la Ley N104, que habilitan la interposición de un reclamo.
Este Órgano considera que el sujeto requerido ha cumplido con la solicitud en la medida de sus posibilidades, proveyendo respuesta con la información que se encuentra bajo su posesión y control, en el estado en que se encuentra y justificando por qué no cuenta con lo solicitado, en los términos de la Ley N
104 t.s. Ley N5.784. En efecto, el sujeto consultado respondió con información completa, adecuada y oportuna, en respeto del artículo 1 de la Ley N104.
La buena fe del órgano requerido quedó demostrada al informar los motivos por los cuales no poseía la información requerida -incompetenciay al redireccionar al solicitante al sujeto que sí podría estar en condiciones de proveerle lo solicitado -la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires-. En ese sentido, cumplimentó con la obligación que impone el artículo 5 de la Ley N104 al órgano consultado, a partir del deber de señalar los motivos por los que no posee la información requerida.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/11/2018 (Anexo)

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaísArgentina

Fecha01/11/2018

Nro. de páginas1658

Nro. de ediciones3384

Primera edición14/08/2008

Ultima edición14/05/2024

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