Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/5/2018 (Anexo)

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

Nº 5364 - 2/5/2018

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 4

descargo efectuado por el recusado. En caso de que se haga lugar a la recusación interpuesta, y únicamente a los fines de la evaluación del/de los postulante/s en cuestión, el/los integrante/s del Comité de Selección que fuera/n recusado/s, será/n remplazado/s por miembro/s suplente/s.
En el caso de ser rechazada la recusación, la decisión podrá ser recurrida por escrito y con la debida fundamentación, dentro de un plazo de tres 3 días hábiles de comunicado dicho rechazo. El recurso será resuelto por el titular del Ministerio de Hacienda. El acto administrativo que rechace el recurso agotará la vía administrativa.

Artículo 14.- El Comité de Selección cesará en sus funciones a los treinta 30 días de la elevación del orden de mérito definitivo al señor Ministro de Hacienda.

Capítulo III
Del llamado a concurso.

Artículo 15.- Los llamados a concursos públicos y abiertos que por el presente se reglamentan, serán efectuados por el titular del Ministerio de Hacienda y deberán ser publicados durante un 1 día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en adelante BOCBA y en un diario de masiva circulación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con una antelación no inferior a cinco 5 días corridos a la fecha de cierre de las inscripciones.

Capítulo IV
De la inscripción.

Artículo 16.- Como paso previo a la inscripción, el aspirante deberá completar el formulario electrónico ubicado en el portal web que a tal efecto se informe en el correspondiente acto de convocatoria, con sus datos personales, curriculares y laborales.
Una vez ingresados todos los datos requeridos, el aspirante deberá completar la inscripción electrónica al concurso en el que desea participar e inscribirse por medio de esa misma vía informática.

Artículo 17.- El aspirante deberá constituir domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde resultarán válidas todas las notificaciones que se realicen en el marco de los respectivos procesos de selección.
Habiendo constituido un domicilio incorrecto y/o inexistente, y no habiéndose advertido dicha circunstancia en la instancia de inscripción y/o admisión del aspirante, se tendrá por notificado al postulante en el domicilio de la DGDSCIV, o aquella que a tales efectos se designe en el correspondiente acto de convocatoria, encargada de la sustanciación del respectivo procedimiento de selección, comenzando a correr los plazos a partir del día hábil siguiente al de suscripción por la autoridad competente, del acto que

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/5/2018 (Anexo)

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaísArgentina

Fecha02/05/2018

Nro. de páginas1231

Nro. de ediciones3382

Primera edición14/08/2008

Ultima edición10/05/2024

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