Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/3/2018 (Anexo)

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 5338 - 20/3/2018

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N 5338
ANEXO - DECRETO N 81/AJG/18

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
Anexo Número:
Buenos Aires, Referencia: ANEXO I - Decreto Reglamentario Ley N 5.901

ANEXO I
REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N 5.901
Artículo 1.- El régimen que se regula por el presente aplica a las aperturas y/o roturas, entendiendo por tales a toda obra que deba realizar en razón de su actividad, una persona humana o jurídica, pública o privada, que consista en el levantamiento y/o rompimiento de la vía pública, en profundidad y longitud, con el fin de realizar extensiones, ampliaciones, renovaciones de redes, instalaciones conexas, reparaciones de fallas y/o cualquier otra obra que, por su finalidad y naturaleza, pueda ser encuadrada dentro de las prescripciones del presente.
Las obras de cierre de dichas aperturas y/o roturas deben ser realizadas bajo los lineamientos establecidos en la presente reglamentación, lo dispuesto por la Autoridad de Aplicación y demás normativa vigente aplicable en la materia.
Artículo 2.- Sin reglamentar.
Artículo 3.- Sin reglamentar.
Artículo 4.- Sin reglamentar.
Artículo 5.- El cronograma de obras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires estará a disposición de las empresas prestatarias de servicios públicos y de telecomunicaciones que actúen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de una plataforma que procure su acceso permanente.
El mencionado cronograma en ningún caso genera derecho alguno y está sometido a las eventuales modificaciones y/o reprogramaciones que la Autoridad de Aplicación considere necesarias.
Artículo 6.- Sin reglamentar.
Artículo 7.- Las solicitudes de permisos deben ingresarse a través de la plataforma que implemente la Autoridad de Aplicación a tal efecto.
La tramitación del permiso debe ser previa a la realización de las obras de apertura y/o rotura, salvo cuando se trate de permisos de emergencia, en cuyo es de aplicación lo previsto en el segundo párrafo del artículo 13 del Anexo I de la Ley N 5.901.
Artículo 8.- En los términos del presente régimen, tiene el carácter de peticionante o solicitante toda
N 1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/3/2018 (Anexo)

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaísArgentina

Fecha20/03/2018

Nro. de páginas644

Nro. de ediciones3382

Primera edición14/08/2008

Ultima edición10/05/2024

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