Boletín Oficial de Cantabria del 30/12/2019 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

LUNES, 30 DE DICIEMBRE DE 2019 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 76

rial. El Capítulo II se dedica a regular las normas específicas de la gestión de los presupuestos docentes. Por último, regula en su Capítulo III el régimen de presupuestación y contabilidad de los consorcios de la Comunidad Autónoma de Cantabria con otras Administraciones Públicas, las compensaciones y deducciones de deudas de entidades de derecho público y aportaciones al patrimonio de fundaciones.
Tres. En el Título III, se hace referencia a las operaciones de endeudamiento de la Administración General, estableciendo el límite de incremento del saldo de la Deuda a 31 de diciembre de 2020, así como de las operaciones de endeudamiento del resto de entidades del sector público.
Cuatro. El Título IV engloba las normas relativas a las modificaciones presupuestarias y la liquidación de los presupuestos.
Se recogen, además, de manera expresa, las competencias de la Mesa del Parlamento de Cantabria en el control de la ejecución y gestión de la Sección 1 de los presentes Presupuestos.
Cinco. Las normas sobre Gastos de Personal se ubican en el Título V que se estructura, a su vez, en un Capítulo Único denominado "De los regímenes retributivos".
En la elaboración de los presentes Presupuestos autonómicos vuelven a concurrir las circunstancias de años precedentes relativas a la presumible ausencia de la norma presupuestaria estatal y, con ello, la necesidad de establecer en la norma de Cantabria un conjunto de preceptos en materia de gasto de personal condicionadas a la determinación, con carácter de normativa básica, por la normativa estatal de varios aspectos relacionados, entre otros, con las retribuciones de los empleados o la concreción de la tasa de reposición aplicable a la oferta de empleo público autonómica.
Como consecuencia de lo señalado, se incorporan normas que permitan, en su caso, la aplicabilidad de las previsiones contenidas en el Acuerdo para la mejora de la calidad del empleo público y de las condiciones de trabajo del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, adoptado por la Mesa General de Negociación del artículo 36.3 del EBEP de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ratificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2018, referentes al incremento de las retribuciones de los empleados públicos conforme a lo que disponga la normativa básica estatal.
De acuerdo con un principio de prudencia y en consonancia con la eventual necesidad de aplicar a los créditos de Capítulo I de los presentes Presupuestos el referido incremento retributivo, se ha optado por reflejar en el importe de los citados créditos un aumento proporcional que facilite el abono de las cantidades retributivas actualizadas de manera ordinaria.

i Pág. 4351

En este Capítulo se incorpora la normativa referente a las retribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia dependiente de la Comunidad Autónoma de Cantabria, conforme las previsiones de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Presupuestos Generales del Estado y demás normas aplicables; la correspondiente al personal al servicio de instituciones sanitarias del Servicio Cántabro de Salud; del personal funcionario interino, del personal eventual, del personal laboral y del personal adscrito a organismos y entidades del sector público
CVE-2019-11340

No obstante contemplar la subida retributiva indicada en líneas precedentes, los Presupuestos mantienen el conjunto de medidas de contención del gasto de Capítulo I que a lo largo de los últimos años han venido figurando dentro de este Capítulo referente a los salarios de los empleados públicos al servicio de la Administración Autonómica como contribución al control del gasto total de la Autonomía impuesto tanto por las normas estatales sobre el particular, como por la necesidad de racionalizar en la medida de lo posible las prioridades en el gasto de los recursos públicos. Entre estas medidas, se encuentran la previsión de no incrementar durante el ejercicio las retribuciones de los miembros del Gobierno, personal eventual de confianza de sus gabinetes, Altos Cargos de la Administración General, del Director Gerente y de los Subdirectores del Servicio Cántabro de Salud y del Instituto Cántabro de Servicios Sociales, y demás Altos Cargos contemplados en el artículo 1 de la Ley de Cantabria 1/2008, de 2 de julio, reguladora de los conflictos de intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración de Cantabria, y del personal directivo del sector público institucional, así como aquellas por las se limita el gasto de acción social.

boc.cantabria.es
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 30/12/2019 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha30/12/2019

Nro. de páginas775

Nro. de ediciones837

Primera edición07/01/2010

Ultima edición30/04/2024

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