Boletín Oficial de Cantabria del 24/12/2019 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

MARTES, 24 DE DICIEMBRE DE 2019 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 75

La tramitación de las ayudas que son competencia de la Comunidad Autónoma se realiza, conforme al Decreto 27/2008, de 13 de marzo, y al Decreto 1/2015, de 15 de enero, a través del procedimiento de concesión directa, en aplicación de lo establecido en el Real Decreto 357/2006, de 24 marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional, atendiendo a las circunstancias personales y sociales de las personas destinatarias finales de las mismas, que se encuentran con más dificultades para acceder a un empleo y considerando que la aplicación del régimen de concurrencia competitiva para la tramitación de las ayudas que potencian su integración laboral en los centros especiales de empleo puede suponer un serio obstáculo para la consecución de dicho objetivo.
Entre las diferentes modalidades de ayudas a los centros especiales de empleo, se encuentra la de subvención del coste salarial correspondiente al puesto de trabajo ocupado por persona con discapacidad por un importe del 50 por 100 del salario mínimo interprofesional o cuantía proporcional en el caso de jornadas a tiempo parcial, cuyo procedimiento de concesión regula el citado Decreto 1/2015, de 15 de enero. Sin duda alguna esta modalidad es, entre todas, la más importante desde un punto de vista social y económico, tanto para los centros especiales de empleo, como para las personas con discapacidad contratadas por aquéllos, pues persigue asegurar la viabilidad económica de los primeros con el fin de conseguir el mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad que, de otro modo, no podría garantizarse.
Sin embargo, a pesar del elenco de ayudas públicas existentes a los centros especiales de empleo, que incluye subvenciones de los Servicios Públicos de Empleo y bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social, la crisis económica atravesada ha repercutido negativamente en la marcha de estos centros, lo que ha generado dificultades para el mantenimiento de los puestos de trabajo que generan.
Por otro lado, mediante Orden TMS/805/2019, de 23 de julio, se incrementan, con carácter extraordinario, durante 2019, las subvenciones destinadas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo. Como recuerda dicha norma, las subvenciones para el mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en los centros especiales de empleo vinculan su cuantía al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, por lo que dichas subvenciones han resultado afectadas por el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019, que ha establecido un salario mínimo interprofesional de 900,00 euros mensuales. Esta cuantía ha supuesto un aumento interanual del 22,3 por ciento respecto al salario mínimo interprofesional vigente en 2018, que era de 735,90 euros mensuales.

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No obstante, el Gobierno de Cantabria, sensible a la preocupación mostrada por los representantes de los centros especiales de empleo, es consciente de la necesidad de un mayor apoyo público, teniendo en cuenta que alrededor de la mitad de la plantilla del conjunto de los centros de nuestra Región se halla en especiales dificultades de acceso al mercado ordinario de trabajo. Por ello, buscando impedir la quiebra de un sector tan valioso socialmente como el del empleo protegido, que en nuestra Comunidad Autónoma da trabajo a más de 1.200 de personas con discapacidad, entiende indispensable arbitrar fórmulas extraordinarias a nivel
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De esta forma, por parte del Gobierno de la Nación se ha considerado que, en determinados casos, el aumento del 22,3 por ciento del salario mínimo interprofesional puede suponer dificultades a los centros especiales de empleo para mantener los puestos de trabajo de las personas con discapacidad con especiales dificultades, en razón del tipo y grado de discapacidad, contratadas en los mismos, por el incremento de los costes salariales que no son objeto de la subvención del 50 por ciento del salario mínimo interprofesional. Por ello, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha considerado oportuno aprobar de manera extraordinaria, y únicamente durante 2019, un aumento en el porcentaje de financiación de las subvenciones por mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo del 50 por ciento del salario mínimo interprofesional actual al 55
por ciento, si bien sólo para el supuesto de aquellas personas con una discapacidad severa que conlleva especiales dificultades de acceso al mercado ordinario de trabajo.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 24/12/2019 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha24/12/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones836

Primera edición07/01/2010

Ultima edición26/04/2024

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