Boletín Oficial de Bizkaia del 31/12/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Martes, 31 de diciembre de 2019

Pág. 750

Entrada en vigor y vigencia del plan Este plan entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia y permanecerá vigente hasta que no se acuerde su modificación o derogación.
Reglas y cuantías para la jubilación incentivada Las empleadas/os de La Mancomunidad de Las Encartaciones que durante la vigencia de este plan se encuentren en situación de servicio activo y tengan cumplida la edad resultante de restar cuatro años a la edad legal de jubilación ordinaria en cada momento, podrán acogerse a las medidas de jubilación anticipada indemnizada o a las de renuncia a la condición de empleada/o público, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el régimen de previsión social para recibir la pensión de jubilación voluntaria en su momento.
La solicitud deberá realizarse con al menos tres meses de antelación a la fecha prevista para la jubilación y en lo que respecta a la jubilación voluntaria anticipada en los mismos términos y condiciones que los establecidos en el acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal al servicio de La Mancomunidad de Las Encartaciones.
Las cuantías a la fecha de aprobación de este plan estratégico serán las que se indicarán a continuación, no obstante, si durante la vigencia del plan cambiaran, por acuerdos reguladores o negociación sindical, las condiciones laborales del empleado público, estas cuantías serían modificadas sin necesidad de cambiar el plan.
Edad
Cantidad de meses
Con 4 años de antelación
21

Con 3 años de antelación
17

Con 2 años de antelación
12

Con 1 año de antelación
9

Para la determinación del importe de la anualidad se computarán las retribuciones brutas anuales. A los efectos de este cálculo se entenderá que una mensualidad equivale a 1/14 de la retribución íntegra bruta anual. Se prorrateará esta cuantía de forma mensual y se calculara la indemnización en base a la escala anterior.
Disponibilidad presupuestaria El presupuesto de cada ejercicio contemplará las dotaciones presupuestarias destinadas a satisfacer las obligaciones derivadas de su ejecución.
Incompatibilidad entre actuaciones Los beneficios derivados de este plan resultan incompatibles con las primas reguladas por el convenio o acuerdo vigente en esta Mancomunidad, si lo hubiera, relativas a la jubilación voluntaria anticipada. Esos beneficios del convenio o acuerdo se mantienen en vigor para las personas que pretendiendo su jubilación anticipada no puedan acogerse a las medidas de este plan.
Tratamiento fiscal de las cantidades recibidas en concepto de indemnización en base a este plan estratégico El artículo 9 de la Norma Foral 13/2013 de 5 de diciembre del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas de Bizkaia, señala que estarán exentas del impuesto las cantidades recibidas a consecuencia de lo regulado y reconocido en los planes estratégicos de recursos humanos de las Administraciones Públicas, basados en alguna de las causas previstas en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, al estar asimilados los citados planes a los despidos colectivos y despidos o ceses por causas objetivas.
El importe de la indemnización exenta no podrá superar la cantidad de 180.000 euros.

cve: BOB-2019a249

Núm. 249

BOB

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Bizkaia del 31/12/2019

TítuloBoletín Oficial de Bizkaia

PaísEspaña

Fecha31/12/2019

Nro. de páginas752

Nro. de ediciones7603

Primera edición01/09/1993

Ultima edición15/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031