Boletín Oficial de Bizkaia del 23/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Lunes, 23 de diciembre de 2019

Pág. 138

SECCIÓN V
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social número 1 de Burgos Despido Objetivo Individual 585/2019

Doña María Cristina Rodríguez Cuesta, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Burgos.
Hago saber: Que en el procedimiento despido objetivo individual número 585/2019
de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Jose París Gómez contra BASClisen Industrial, S.L., Grupo Tecnologico Pert, S.L., Óscar Andrés Alonso López sobre despido, se ha dictado en fecha 10 de diciembre de 2019 la siguiente Sentencia con el siguiente particular:
Fallo: Que estimando la demanda formulada por Rubén Guerra Hernando contra Grupo Tecnológico Pert, S.L., y Bas-Clisen Industrial, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido operado y extinguida la relación laboral, condenando a la empresa demandada a abonar al actor en concepto de indemnización la cantidad de setecientos veintidós euros con noventa y cuatro céntimos 722,94 euros, con los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha de la presente resolución en la cantidad de nueve mil novecientos cincuenta y un euros con veinte céntimos 9.951,2
euros, con la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial dentro de los límites del artículo 33 ET, absolviendo a don Óscar Andrés Alonso López de los pedimentos de la demanda.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas.
Modo de impugnación: Se advierte a las partes que contra la presente resolución podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049
3569 9200 0500 1274, abierta por este Juzgado en el Banco de Santander, oficina sita en Burgos, calle Almirante Bonifaz, 15, incluyendo en el concepto los dígitos 1072 0000
34 058519, debiendo indicar en el campo concepto recurso seguido del código 34
Social Suplicación, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Con fecha 11 de diciembre de 2019 se ha dictado auto aclaratorio de dicha sentencia con el siguiente particular:
DISPONGO:

1. Aclarar la sentencia dictada con fecha 10 de diciembre de 2019 en los siguientes términos:
Que en el fallo de la misma en lugar de decir Que estimando la demanda formulada por Rubén Guerra Hernando, debe decir: Que estimando la demanda formulada por José París Gómez.

cve: BOB-2019a244

Núm. 244

BOB

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Bizkaia del 23/12/2019

TítuloBoletín Oficial de Bizkaia

PaísEspaña

Fecha23/12/2019

Nro. de páginas139

Nro. de ediciones7602

Primera edición01/09/1993

Ultima edición14/05/2024

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