Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 10/04/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

160.-

Dar publicidad al DECRETO de la Consejera de Hacienda, Economía y Función Pública, Doña Kissy Chandiramani Ramesh de fecha 1 de abril de 2020, para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas relativas a la realización de inversiones productivas en la empresa al objeto de fomentar las actividades tendentes a incentivar la generación de nueva actividad económica y el empleo en el tejido productivo de la ciudad de Ceuta, en el marco del Programa Operativo FEDER para Ceuta 2014-2020, Eje Prioritario 3 Mejorar la competitividad de las Pymes, Prioridad de inversión 3.3.1 Apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y servicios sobre dos expedientes de ayuda superiores a los 30.000 euros.
ANTECEDENTES DE HECHO
El Fondo Europeo de Desarrollo Regional es instrumento financiero de la Comisión Europea cuya finalidad es la ayuda para el desarrollo económico de las regiones deprimidas de la Unión Europea. Su objetivo es desarrollar los principios económicos en los que se basa la zona monetaria óptima para que todas las regiones de la Unión Europea converjan al mismo nivel de desarrollo en Europa.
El Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, FEDER, periodo 2014-2020, para Ceuta, ha sido aprobado por la Comisión Europea el pasado día 22 de julio de 2015.
Considerando lo dispuesto en el Reglamento CE 1303/2013, del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, y al Fondo de Cohesión, además de lo previsto en el Reglamento CE 1299/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea, y el Reglamento CE 1301/2013, en el marco de su función, el FEDER está destinado a contribuir a la corrección de los principales desequilibrios regionales dentro de la Comunidad.
Mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Ciudad de Ceuta se aprueban la Bases Reguladoras Específicas de fecha 21 de febrero de 2019, publicadas en el BOCCE 5.868, de 12 de marzo de 2019; así como lo estipulado en las Bases Reguladoras Generales publicadas en el BOCCE 5.426, de fecha 16 de diciembre de 2014, y de la convocatoria publicada en el BOCCE nº 5.876, de fecha 9 de abril de 2019 para la concesión de subvenciones relativas a la mejora de la competitividad entre las Pymes, en el marco del P.O FEDER para Ceuta 2014-2020, Eje Prioritario 3 Mejorar la competitividad de las Pymes, Prioridad de inversión 3.3.1 Apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y servicios.
Atendiendo a los Criterios de Selección de Operaciones aprobados el día 20 de abril de 2016 por el Comité de Seguimiento, se establecen para esta operación como criterios básicos las inversiones empresariales localizadas en Ceuta, generar empleo o mantener el empleo existente, ser viables desde un punto de vista técnico, económico y financiero, que no hayan tenido destrucción de empleo previo y que contribuyan al logro de los objetivos y resultados específicos de la prioridad, así como a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, y favorecer el desarrollo sostenible.
El objeto de las ayudas indicadas consiste en la creación o apertura de nuevos establecimientos, ampliación de establecimientos existentes, diversificación de la producción o modernización de los existentes mediante transformación, y siempre que dicha empresa opere en la Ciudad Autónoma de Ceuta, de conformidad con lo previsto en el marco del Programa Operativo FEDER
para Ceuta periodo 2014-2020, Eje Prioritario 3 Mejorar la competitividad de las PYMES. Las inversiones a realizar deberán mantenerse por un periodo mínimo de 3 años y 5 años para determinados supuestos.
En cuanto al Plan de financiación, estas ayudas se encuentran cofinanciadas en un 80% con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para Ceuta durante el periodo 2014-2020, así como en un 20% con cargo a los presupuestos de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Ciudad de Ceuta en la que se publica convocatoria en el BOCCE nº 5.876, de fecha 9 de abril de 2019 para la concesión de subvenciones relativas a la mejora de la competitividad entre las Pymes, en el marco del P.O FEDER para Ceuta 20142020, Eje Prioritario 3 Mejorar la competitividad de las Pymes, Prioridad de inversión 3.3.1 Apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y servicios, se indica el importe de los créditos disponibles para atender las ayudas y subvenciones relativas a mejorar la competitividad de las pymes. Para la segunda convocatoria se han asignado CUATROCIENTOS MIL EUROS 400.000,00 Euros. El total del presupuesto para el periodo 2019 suma un monto de UN MILLON TRESCIENTOS MIL EUROS 1.300.000,00 euros, con cargo al Programa Operativo FEDER 2014-2020 y con cargo al Estado de Gastos e Ingresos de la Sociedad Pública de Desarrollo PROCESA, denominada Ayudas FEDER. No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la determinada en las distintas convocatorias.
En todo caso el beneficiario final ha de disponer del 25% de recursos propios para garantizar la ejecución del proyecto, que deberá aportar a la justificación de la realización del proyecto.
Esta operación no está sujeta a costes simplificados sino a costes reales, y para la determinación del coste total financiable se partirá del coste estimado para cada actividad por el solicitante y se deducirán del mismo aquellas partidas que no se ajusten a las condiciones de la convocatoria o no se consideraran necesarias para el desarrollo del proyecto o programa, obteniendo así el importe ajustado del que se deducirá, en su caso, el exceso solicitado sobre la cuantía máxima subvencionable. Una vez determinado el importe ajustado el orden de preferencia para la obtención de la subvención será el que resulte del orden de puntuación obtenido en la evaluación.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 10/04/2020

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha10/04/2020

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones6162

Primera edición19/11/1926

Ultima edición03/05/2024

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