Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 27/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

artículo 26.1.b del mismo texto normativo, que establece los Servicios que deben prestar los Municipios con población superior a 5.000 habitantes.

3.- Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo 21.1, en conexión con el artículo 15 del Estatuto de Autonomía de la Ciudad, señala que: El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta, en todo caso, las siguientes atribuciones: u las demás que expresamente le atribuyan las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al Municipio y no atribuyan a otros órganos municipales.
4.- Reglamento de Mercados, aprobado por acuerdo Plenario de 21 de enero de 1998, establece en su artículo 18 que las concesiones se extinguirán cuando concurran alguna de las siguientes causas: b Renuncia por escrito del titular.
Asimismo, en su artículo 19, señala que extinguido el derecho de ocupación, por cualquiera de los motivos recogidos en el Reglamento, los titulares habrán de abandonar el puesto, libre de mercancías u otros enseres del titular y en perfectas condiciones.
En caso contrario, se ejecutará en vía administrativa a cuenta del titular cesante.
5.- Ley 39/15, de 1 de octubre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, disponiendo en su artículo 94 que 1. Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.
2. Si el escrito de iniciación se hubiera formulado por dos o más interesados, el desistimiento o la renuncia sólo afectará a aquellos que la hubiesen formulado.
3. Tanto el desistimiento como la renuncia podrán hacerse por cualquier medio que permita su constancia, siempre que incorpore las firmas que correspondan de acuerdo con lo previsto en la normativa aplicable.
4. La Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará concluso el procedimiento salvo que, habiéndose personado en el mismo terceros interesados, instasen éstos su continuación en el plazo de diez días desde que fueron notificados del desistimiento o renuncia.
5. Si la cuestión suscitada por la incoación del procedimiento entrañase interés general o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento, la Administración podrá limitar los efectos del desistimiento o la renuncia al interesado y seguirá el procedimiento.
6.- Por Decretos de la Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta de fecha 25-06-2019 y 17-10-2019 se atribuye y posteriormente se delegan las competencias de 15 Mercados en el Illmo Sr. Viceconsejero de Consumo y Transporte Público Urbano D. Benjamin Alvarez Hortas, resultando ser el órgano competente para la resolución de los actos administrativos que afecten a terceros de los expedientes en dicha materia.
PARTE DISPOSITIVA .1.-Acéptese la renuncia formulada por D Rahma Hossain Ahmed Hayyach con DNI 45.085.999-L titular del puesto 33 del Mercado San José, quedando el mismo vacante. Proceder a la baja en el Padrón de Mercados. Publiquese en el Boletin Oficial de la Ciudad.
2.-Contra la presente resolución, que agota vía administrativa, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 123 y 124 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Ley 39/2015 de 1 de octubre podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los arts. 47 y 48 de esta Ley ante el mismo órgano que ha dictado resolución en el plazo de un mes o ser impugnado directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al que se recepcionó la notificación, conforme a los arts. 123 y 124 L.R.J.P.A.C y 8.2 y 46 de la Ley de Jurisdicción Contenciosa Administrativa. No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso que estime oportuno.
En Ceuta, a 18 de noviembre de 2019
VBº EL PRESIDENTEPDF26-11-2012
EL VICECONSEJERO DE CONSUMO
Y TRANSPORTE PÚBLICO URBANO

EL SECRETARIO GRAL ACCTAL.

Benjamin Álvarez Hortas
Miguel Angel Ragel Cabezuelo
o

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2.284

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 27/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha27/12/2019

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones6162

Primera edición19/11/1926

Ultima edición03/05/2024

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