Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 17/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

8.- Fijar, como un mínimo estatal, la prohibición de casas de apuestas a menos de 500 metros de colegios, residencias de ancianos, hospitales, recintos deportivos, centros de rehabilitación, centros juveniles y universidades; así como otras casas de apuestas.
V.

- Estudiar la realización de un Plan Estratégico del Turismo que permita fijar los objetivos de la administración local en nuestra ciudad.

VI.

- Analizar con las centrales sindicales representativas las posibilidades de poder llevar a cabo un estudio acerca de la viabilidad de unificar los convenios de las sociedades en un único convenio colectivo.

VII.

1.- Seguir poniendo en valor desde este ayuntamiento las medidas contenidas en el Pacto de Estado en materia de violencia de género en el marco de sus competencias, así como su seguimiento, con el objetivo de combatir la violencia contra las mujeres.
2.- Manifestar nuestra repulsa a todas las formas de violencia hacia las mujeres, nuestro compromiso con las víctimas y declarar a este municipio "Tolerancia cero con los maltratadores.
3.- Respaldar a las organizaciones y grupos de mujeres y los defensores de los derechos de la mujer que han actuado como catalizadores y líderes de los avances legislativos y políticos en la última década en lo que respecta a la evolución y la práctica de los derechos de las mujeres.
4.- Apelar a la unidad de acción y, en consecuencia, dejar constancia de que la defensa de la igualdad entre hombres y mujeres y la lucha contra el drama de la violencia de género es una obligación moral, además de un imperativo constitucional, que no tiene color ni credo ni cultura; debe ser cosa de todos, una causa común en la que no caben las exclusiones ni los protagonismos partidarios.

VIII.

1.- Seguir avanzando en contemplar la especialización de los trabajadores en tareas concretas y específicas, diferenciando desde el momento de la recepción de las distintas solicitudes y derivada a los distintos empleados del mismo, según el tipo de trámite que se vaya a realizar.
2.- Establecimiento de un régimen jurídico disuasorio y de un régimen disciplinario de infracciones y sanciones.

MARÍA DOLORES PASTILLA GÓMEZ
SECRETARIA GENERAL
FECHA 9/12/2019

JUAN JESÚS VIVAS LARA
PRESIDENTE
FECHA 11/12/2019

AUTORIDADES Y PERSONAL
767.-

DECRETO DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD
DE CEUTA, POR EL QUE SE APRUEBA LA LISTA PROVISIONAL DE ASPIRANTES ADMITIDOS Y EXCLUIDOS
PERTENECIENTE A LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE JEFE/A DE SERVICIO DE TRANSPORTES TERRESTRES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA, MEDIANTE EL SISTEMA DE
CONCURSO DE MÉRITOS.
ANTECEDENTES DE HECHO
Terminado el día 9 de diciembre de 2019 el plazo de presentación de instancias para tomar parte en la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta Extraordinario nº 73 de fecha 15 de noviembre de 2019, para la provisión de un puesto de trabajo de Jefe/a de Servicio de Transportes Terrestres de la Ciudad Autónoma de Ceuta, mediante el sistema de concurso de méritos, según consta en los antecedentes obrantes en la Dirección General de Recursos Humanos y Administración Pública, se han presentado tres solicitudes.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La base cuarta de la convocatoria dice que expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos que será expuesta en el Tablón de Anuncios de la Dirección General de Recursos Humanos, concediéndose un plazo de tres días naturales para formular reclamaciones.
Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas por la resolución que se dicte por la citada Consejería para aprobar la lista definitiva, que será hecha pública en la misma forma. De no existir reclamaciones se considerará elevada automáticamente a definitiva la lista provisional, sin necesidad de nueva publicación.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 21, 22 y 25 de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta, así como lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 5 del Reglamento de Gobierno y los Servicios de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta B.O.C.CE de 10.11.2017, y en uso de las atribuciones que le confieren los Decretos de la Presidencia, de 21 de junio de 2019
B.O.C.CE Extra nº 33 de 22-06-19.
RESUELVE
Primero.- Se aprueba la siguiente lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos perteneciente a la convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo de Jefe/a de Servicio de Transportes Terrestres de la Ciudad Autónoma de Ceuta, mediante el sistema de concurso de méritos.

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 17/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha17/12/2019

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones6173

Primera edición19/11/1926

Ultima edición11/06/2024

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