Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 17/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

ductos locales, además de potenciar la dinamización de los mismos.
2.- Modificar y modernizar la demanda actual de los mercados, acondicionar los espacios de esparcimiento para jóvenes y mayores, bares, restaurantes.
3.- Conseguir el objetivo de visualizar, promocionar y activar los mercados, incentivando la creación de nuevos negocios para la revitalización de este sector.
MARÍA DOLORES PASTILLA GÓMEZ
SECRETARIA GENERAL
FECHA 3/12/2019

JUAN JESÚS VIVAS LARA
PRESIDENTE
FECHA 11/12/2019

765.-

EXTRACTO DEL ACTA DE LA SESIÓN PÚBLICA ORDINARIA RESOLUTIVA, CELEBRADA POR EL
PLENO DE LA ASAMBLEA DE LA CIUDAD DE CEUTA, EN PRIMERA CONVOCATORIA, EL DÍA VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DE 2019.
DISPOSICIONES GENERALES.
I.

1.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle para la ordenación de volúmenes en solar sito en Calle Teniente Pacheco nº 19, de conformidad con el proyecto redactado por los Arquitectos D. Elisa Enríquez de Luna Muñoz y D. Roberto Rienda Rivas, visado por el COACE el 7 de noviembre de 2018 que corrige el error de hecho en la numeración de la calle con la que se denominaba el documento visado el 25 de junio de 2018, de conformidad a los informes nº 580/18
y 941/18 de los Servicios Técnicos Municipales, y a los fundamentos jurídicos expuestos, con la autorización condicionada de la Dirección General de Aviación Civil del MFOM, así como con las condiciones establecidas en el informe del MDEF.
2.- Publicar la aprobación definitiva del Estudio de Detalle para la ordenación de volúmenes en solar sito en C/ Teniente Pacheco nº 19 de Ceuta en el BOCCE.

PROPUESTAS DE LOS GRUPOS POLÍTICOS
I.

1.- Elaborar y aprobar, previo los trámites legales oportunos, un Plan Estratégico para el deporte de la Ciudad de Ceuta compuesto por un Plan Rector y un Plan Director que permita dar impulso a la actividad deportiva.
2.- Aprobar un compromiso presupuestario para los próximos ejercicios por parte del Gobierno de la Ciudad de Ceuta que garanticen el cumplimiento de los objetivos marcados por el Plan Estratégico para el deporte de la Ciudad de Ceuta.

II.

- Reiterar al Gobierno de la Nación la necesidad de incrementar las dotaciones del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil en nuestra ciudad, al objeto de, entre otros cometidos, reforzar la presencia policial tanto en la Bda. Príncipe Alfonso como en el Puerto y sus inmediaciones, así como manifestar nuevamente nuestro apoyo a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y a la Policía Local.

III.

Elaborar informe sobre medidas a adoptar para reducir los costes del contrato eléctrico a la Ciudad, mejorar la eficiencia energética y viabilizar la implantación de energías renovables, respetando el vigente margo regulatorio.

IV.

1.- Fijar en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, unos estándares mínimos exigibles aplicables en todo el territorio nacional relativos a la actividad del juego y sus condiciones de ejercicio, que tengan como principal la protección de los sujetos especialmente vulnerables, incluyendo, en todo caso, a los que se refiere el.
a Los menores de edad y los incapacitados legalmente o por resolución judicial, de acuerdo con lo que establezca la normativa civil.
b Las personas que voluntariamente hubieren solicitado que les sea prohibido el acceso al juego o que lo tengan prohibido por resolución judicial firme.
La protección debe ir dirigida a preservar a los sujetos especialmente vulnerables y prevenir la adicción al juego.
2.- Contemplar entre los supuestos de infracción muy grave permitir el acceso al juego a los sujetos a los que se refiere el artículo 6.2 apartados a y b de la Ley 13/2011, siempre que la entidad explotadora de juegos conozca o deba conocer la concurrencia de tales prohibiciones.
3.- Establecer, como sanción aparejada a la infracción descrita en el párrafo anterior, el cierre definitivo del local en el caso de que el prestador de servicios no haya observado los preceptos de la Ley encaminados a prevenir la participación en el juego de sujetos especialmente vulnerables, siempre que la entidad explotadora de juegos conozca o deba conocer la concurrencia de tales prohibiciones.
4.- Establecer el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego RGIAJ como registro único, unificando la información contenida en el mismo y en todos los registros autonómicos, que deberán ser eliminados para evitar duplicidades. De esta forma se garantizará que la entidad explotadora de juegos conozca las personas que tienen prohibida la entrada.
5.- Incrementar el nivel de protección en el acceso a los servicios electrónicos mediante el establecimiento de medios telemáticos que garanticen la protección de los sujetos especialmente vulnerables.
6.- Proceder al desarrollo de la normativa reguladora de la publicidad sobre juegos de envite, suerte o azar, así como de cualesquiera otras actividades relacionadas con el juego que por su naturaleza puedan incluirse garantizando la protección de los menores de edad y la prohibición de publicidad relativa a las actividades del juego en todos los espacios a los que puedan acceder estos, especialmente la retransmisión de eventos deportivos, por medios audiovisuales.
7.- Asegurar que el Estado garantiza que parte de los ingresos que perciba, en relación con la actividad del juego, van destinados a programas públicos de deshabituación y a medidas sociales a favor de los afectados por la adicción.
Todos los programas deben ser de gestión estatal.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

2.247

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 17/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha17/12/2019

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones6167

Primera edición19/11/1926

Ultima edición21/05/2024

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