Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 17/09/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

ANEXO I

A Experiencia profesional: Hasta un máximo de 50 puntos.
Por los servicios prestados, en puestos de trabajo en cualquier Administración Pública o en Entidades u Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, sustancialmente iguales al que se convoca, se otorgará 0,5 puntos por mes trabajado, debidamente justificado mediante certificado acreditativo del periodo trabajado y categoría laboral.
Por los servicios prestados en empresa privada en puestos sustancialmente iguales al que se convoca, se otorgará 0,2
puntos por mes trabajado, debidamente justificado mediante el contrato y vida laboral, debiendo en caso de presentación de fotocopias estar compulsadas.
B Formación: Hasta un máximo de 35 puntos.
1.

Profesional:

Por haber realizado cursos de formación y perfeccionamiento de 10 o más horas homologados por Administraciones Públicas o Entes Públicos y Organizaciones Sindicales, y Confederación de Empresarios, sobre albañilería y pintura o relacionados con las funciones propias y específicas del puesto de trabajo al que se opta, se otorgará 0,30 puntos por cada 10
horas, hasta un máximo de 30 puntos.
Académica:
Por estar en posesión de cualquiera de las titulaciones que a continuación se indican se otorgarán los puntos que se detallan, hasta un máximo de 5 puntos con arreglo a lo que sigue.
-

Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente: 2 puntos.
Título de Bachiller, Formación Profesional de Grado Medio o equivalente: 3 puntos.
Título de Grado o equivalente: 5 puntos.

Los puntos de los distintos apartados no serán acumulables.
C Otros: Hasta un máximo de 15 puntos.
1.- Por ser víctima de la violencia de género debidamente acreditado se otorgará 7 puntos. Se deberá acreditar la orden de protección a favor de la víctima. A este respecto, se podrán realizar las comprobaciones que se estimen oportunas. Excepcionalmente, será título de acreditación de esta situación, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género en tanto que se dicte la orden de protección.
2.- Por haber superado una convocatoria para cubrir una plaza de funcionario de carrera para plaza igual al objeto de la presente convocatoria, así como de laboral fijo o interino de cualquiera de las Administraciones públicas sin haber obtenido plaza, se otorgará 8 puntos. Dicho mérito se justificará mediante presentación de certificado expedido por la Administración convocante, en la que conste que el/la interesado/a superó todos los ejercicios de la fase de oposición sin haber obtenido plaza, así como la oferta de empleo público con expresión del año en el que se encuadraba la plaza objeto de la convocatoria. No se valorará en aquellos casos que consistieran únicamente en un concurso de méritos.

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.736

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 17/09/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha17/09/2019

Nro. de páginas39

Nro. de ediciones6160

Primera edición19/11/1926

Ultima edición26/04/2024

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