Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 21/11/2023 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

Reformular el proyecto propuesto, en el caso de que el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en su solicitud, en orden a ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable artículo 14 convocatoria En todo caso, caso se respetará el objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos del programa presentado.
La reformulación implicará la presentación de una nueva ficha económica conforme a la cuantía concedida, así como un resumen actualizado del proyecto. Obligatoriamente deberá mantener, como mínimo, la misma proporción de aportación de la entidad comprometida en la propuesta inicial. La reducción de los fondos propios de forma indiscriminada y no proporcional, supondrá el mantenimiento de la cuantía inicialmente propuesta por la entidad, y así se hará constar en la resolución definitiva.

En los programas donde no se indicó cofinanciación y la cuantía concedida sea inferior a lo solicitado por la entidad, ésta deberá aportar, bien directamente o por financiación de terceros, la diferencia entre la cantidad solicitada y la concedida.

Comunicar su aceptación o renuncia expresa a la subvención propuesta. A estos efectos, la propuesta provisional se tendrá por aceptada:
1º Cuando se transcurra el plazo concedido sin que las asociaciones o entidades beneficiarias provisionales comuniquen su renuncia.
2º Cuando se presente reformulación conforme a la cuantía concedida.

La ausencia de presentación de la documentación relativa a la reformulación en el plazo mencionado, dará lugar a que se mantenga el contenido de la solicitud inicial según lo establecido en la Ley General de Subvenciones.

No podrá modificarse el presupuesto con posterioridad, salvo que concurran alguna de las causas recogidas en el art. 13
de las Bases.

Cuarto.- Se comunica a los interesados que la presente propuesta de resolución provisional, no crea ningún derecho a favor de las entidades, ni sobre las cuantías recogidas, hasta que se haga pública la resolución definitiva.
Quinto.- Se procede a notificar esta propuesta provisional de resolución mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
NABILA BENZINA PAVÓN
CONSEJERA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
FECHA 20/11/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.164

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 21/11/2023 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha21/11/2023

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones490

Primera edición31/03/2004

Ultima edición15/05/2024

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