Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 21/11/2023 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

Determinar la categoría de proyectos a financiar con cargo al tramo estatal y de manera directa por la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, siempre a favor de entidades del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal.

Establecer los criterios objetivos que, sin perjuicio de posibles medidas correctoras, sería el que determinaría el reparto del tramo autonómico entre las comunidades autónomas y las ciudades con estatuto de autonomía.

Este acuerdo tendría una vigencia de 5 años, concluidos los cuales el Consejo Territorial podría revisarlo o prorrogarlo por otro periodo de igual duración.

De acuerdo con el Acuerdo Estable sobre los fondos del 0,7 del IRPF de Sociedades Destinados al tercer Sector de Acción Social de 18 de junio de 2021, el Consejo de Ministros, en su sesión de 28 de septiembre de ese mismo año aprobó el Real Decreto 821/2021, de 28 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales El total de recursos a distribuir este año ha ascendido a los 369.125.986 euros, un aumento del 13,41% de los fondos a distribuir este 2023 con respecto al año anterior. Este incremento se debe en parte gracias a la progresiva recuperación de la actividad económica tras la crisis derivada de la pandemia en el año 2020, puesto que el montante a distribuir se corresponde con la recaudación del ejercicio fiscal dos años anteriores al presente. En el caso concreto de los fondos destinados para las autonomías asciende a un total de 295.300.789,21 euros, un 14,41% más respecto al reparto del año anterior. Se trata en este año 2023 del 80% del total de los fondos recaudados del 0,7%. Este porcentaje se alcanza por primera vez, tras el acuerdo en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y el SAAD del 18 de junio de 2021, por el que se estableció que el tramo estatal se iría reduciendo progresivamente en favor del autonómico hasta alcanzar la proporción 20-80 en este año.
El reparto de fondos de esta convocatoria se ha realizado de acuerdo a lo pactado entre el Ministerio de Derechos Sociales y las comunidades y ciudades autónomas en el Consejo Territorial el pasado mes de junio de 2021. En el caso de La Rioja, Ceuta y Melilla se les ha garantizado el porcentaje que se venía aplicando en los años anteriores. Por otro lado, entre otros criterios, se ha se ha garantizado a todas las comunidades y ciudades un aumento del 5% con respecto a los fondos percibidos en el año 2022.
Por tanto, le corresponde a la Ciudad Autónoma de Ceuta, la suma de 2.362.406,31€.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se rige por el acuerdo de Consejo de Gobierno, de 11 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de Subvenciones a programas de interés general dirigidas a fines de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector en la Ciudad Autónoma de la Ceuta, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas, publicada en el BOCCE nº 6027, de 18 de septiembre de 2020.
El 3 de octubre de 3 se aprueba en Consejo de Gobierno, la convocatoria para la referida subvención, por una cantidad de 2.362.406,31€, partida presupuestaria 480.36.231.3.010 Convocatoria Subvenciones proyectos de interés general 0,7% IRPF, publicándose el extracto de la convocatoria en BOCCE extraordinario nº 63, de 4 de octubre y el texto completo en la base de datos nacional de subvenciones.
FUNDAMENTOS DE DERECHO.-

Primero.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes estipulado en la Convocatoria, y examinada la documentación presentada, se requirió a los interesados para que en el plazo improrrogable de diez días presentaran la documentación preceptiva o subsanaran las faltas advertidas.
Segundo.- De conformidad con lo establecido en el artículo 12.4 de la convocatoria, se constituye el 17 de enero 2022, la Comisión de Valoración de la Subvención, al objeto de emitir informe final.
Vistas las solicitudes presentadas, habiéndose observado los trámites del procedimiento y verificado el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, se procede a la evaluación de los proyectos por el órgano colegiado, de acuerdo con los criterios de baremación del art. 13 de la convocatoria.

Tercero.- Con los resultados de evaluación, según lo estipulado en el artículo 17 de la Bases el titular de la Consejería de Servicios Sociales, a la vista de todo lo actuado y tras reunión del órgano colegiado, se formula propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre.
ACUERDO.Primero.- Proponer la concesión de las subvenciones que constan en el ANEXO I a las entidades y por los importes que en él se recogen que serán atendidas de conformidad con la financiación que tiene la convocatoria.
Segundo.- Proponer la denegación y exclusión de las solicitudes que se recogen en el ANEXO II por las causas que en él se señalan.
Tercero.- De conformidad con lo estipulado en el artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 82 Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se concede a las personas interesadas, un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente de la publicación, para:

Alegar lo que estimen pertinente, en los términos que prevé la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 21/11/2023 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha21/11/2023

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones488

Primera edición31/03/2004

Ultima edición09/05/2024

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