Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 17/6/2021 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

BOCCE EXTRAORDINARIO Nº46

Jueves 17 de Junio de 2021

ARTÍCULO 9. OBLIGACIONES DE LAS COMPAÑÍAS QUE SUSCRIBAN EL ACUERDO DE ADHESIÓN.
Implementar en el sistema de reservas una funcionalidad que, de forma automática, aplique la bonificación en el precio vigente en el vuelo seleccionado. El precio final del billete a pagar por el pasajero no residente será la diferencia entre el precio vigente y las cantidades a abonar por PROCESA recogidas en el artículo 5 de la presente convocatoria.
Insertar la promoción de esa bonificación en diferentes canales de difusión publicitarios, redes sociales, agencias de viajes colaboradoras, en el interior de las oficinas de ventas y en su propio sitio web.
Mantener, al menos, tres vuelos entre Málaga y Ceuta y otros tres vuelos entre Algeciras y Ceuta de lunes a viernes y, al menos, dos en cada trayecto los domingos.
Colaborar en los muestreos que PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. pueda llevar a cabo, a efectos de comprobar que la información aportada en las liquidaciones mensuales corresponde fielmente con los pasajeros no residentes transportados.
Someterse a los controles previstos en Ley General de Subvenciones 38/2003 y los reglamentos que la desarrollan, y específicamente a lo previsto en la normativa sobre bonificaciones al transporte aéreo regular de pasajeros.
ARTÍCULO 10. INCUMPLIMIENTOS Y REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN.
El incumplimiento de las obligaciones previstas para las compañías de transporte que suscriban el acuerdo de adhesión será causa de reintegro de la ayuda.
PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. podrá efectuar cuantas comprobaciones e inspecciones considere necesarias a fin de garantizar el cumplimiento de los términos y condiciones establecidas en las presentes bases. A tal fin, la compañía de transporte que suscriba el acuerdo de adhesión estará obligada a facilitar cuanta información relacionada con la subvención le sea requerida por PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A., la Intervención General de la Ciudad Autónoma, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa sobre protección de datos.
Será de aplicación el procedimiento de reintegro y el control financiero previstos en la normativa básica estatal contenida en los Títulos II y III respectivamente, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia de interés de demora correspondiente, desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro.
ARTÍCULO 11. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS.
Sin perjuicio de la publicación en el BOCCE, las ayudas concedidas serán igualmente publicadas en la página web de PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. www.procesa.es y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
La firma del acuerdo de adhesión implica la aceptación de la inclusión en las publicaciones.
Los firmantes del acuerdo de adhesión deberán dar adecuada publicidad al carácter público de la financiación del programa.
ARTÍCULO 12. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.
Las tareas desarrolladas como consecuencia de la ejecución de las presentes Bases reguladoras, así como la documentación generada por las mismas, se entenderán en todo momento de exclusiva propiedad de la parte que la proporciona, garantizándose por parte de PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. la total confidencialidad de la información, trabajos y demás actividades que se realicen, de las que solo ambas partes tendrán conocimiento.
PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. se compromete a tratar de modo confidencial cualesquiera datos o informaciones que le sean proporcionados y adoptará las medidas precisas para garantizar la confidencialidad de dichos datos e informaciones. No tendrán la consideración de información confidencial los datos o informaciones que: a sean de dominio público o que pasen a ser de dominio público; b hayan sido creados, suministrados, descubiertos, desarrollados u obtenidos por una parte sin utilizar la información confidencial de la otra; c hayan sido recibidos de un tercero no sujeto a obligación de confidencialidad respecto de las partes, según sea el caso; y d deban ser revelados por imperativo legal.
Si PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. estuviera interesada en hacer uso de la información técnica fuera del ámbito de la relación estipulada en las presentes Bases reguladoras, deberá pedir autorización expresa y escrita a la otra parte, siendo responsable de las posibles consecuencias que del incumplimiento de esta obligación pudieran derivarse.
Por otro lado, PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A., como sociedad concedente de las ayudas, se reserva el derecho a difundir públicamente el contenido de estas Bases, las ayudas concedidas, el programa, beneficiario, cantidad concedida y objetivo de las mismas.
Las marcas, nombres comerciales y logotipos propiedad de los beneciarios, o sobre los que ostenten un derecho de uso, podrán ser utilizados por PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. en la promoción de sus propios productos o servicios en los medios y formatos habituales de comunicación y dentro de los usos leales de las marcas.
Los datos personales que faciliten las compañías de transporte que suscriban el acuerdo de adhesión, serán objeto de tratamiento por parte de PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. con la única nalidad de gestionar la ayuda solicitada. Los datos personales se conservarán durante toda la tramitación del expediente, y posteriormente el tiempo necesario para el cumplimiento de las obligaciones legales a las que PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. venga obligada. Los datos no serán comunicados a terceros con excepción de aquellos que sean imprescindibles para la propia gestión del expediente y para el cumplimiento de las obligaciones legales.
Los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, recticación, supresión y en su caso, limitación, oposición y portabilidad, dirigiéndose a PROCESA SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA S.A., bien por correo postal acompañando fotocopia de Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 17/6/2021 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha17/06/2021

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones490

Primera edición31/03/2004

Ultima edición15/05/2024

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