Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 10/2/2020 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

procedimiento de constitución de las mismas, y con el respecto a los principios enumerados al exigirse tanto en las convocatorias de acceso como en las de provisión para cobertura por funcionarios interinos los mismos.

SEGUNDO: El ar tículo 37 del TREBEP, r egula las mater ias objeto de negociación. Y en el apar tado c, del punto 1, expresa lo siguiente: Las normas que fijen los criterios generales de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes o instrumentos de planificación de recursos humanos.
En el presente caso, las Bases Genéricas para la creación de Bolsas de Trabajo para Funcionarios Interinos han sido negociadas en la Mesa General de Negociación de la Ciudad Autónoma de Ceuta, por tanto, han dado cumplimiento a lo exigido por la Ley.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 21,22 y 25 de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta, así como lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 5 del Reglamento de Gobierno y los Servicios de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta BOCCE de 10.11.2017, y en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto de la Presidencia de 21 de junio de 2019 BOCCE Extra nº 33 de 22-06-19.
RESUELVE:

Primero.- Se aprueban las Bases Genéricas para la creación de Bolsas de Trabajo para funcionarios interinos en la Ciudad Autónoma de Ceuta, que se adjuntan a este decreto.
Segundo.- Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
Tercero.- Lo que le comunico, significándole que contra esta resolución, que agota la vía administrativa, y en cumplimiento de lo previsto en el art. 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponer recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de dicha Ley, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Ciudad en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación arts. 132.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre y 8.1 y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio. No obstante lo anterior podrá ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
ALBERTO RAMÓN GAITÁN RODRÍGUEZ
CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
FECHA 10/02/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

825

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 10/2/2020 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha10/02/2020

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones486

Primera edición31/03/2004

Ultima edición29/04/2024

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