Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 22/06/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

Lunes 22 de junio de 2020

EDICION Nº 10.531

-1PROVINCIA DEL CHACO
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Y COORDINACION
SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA

DIRECCION BOLETIN OFICIAL

Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER

Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL

Lunes 22 de junio de 2020

EDICION Nº 10.531

LEGISLACION, NORMATIVA
DECRETO Nº 732
Resistencia, 21 de junio de 2020
VISTO:
Los Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N 260/2020 y modificatorias Nrs.
287/2020, 297/2020, 325/2020, 355/2020, 408/2020 y 459/2020; 520/2020, las Decisiones Administrativas de Jefatura de Gabinete de Ministros de Nación Nf0S 429/2020, 459/2020, 467/2020, 468/2020, 490/2020, 524/2020, 703/2020, 810/2020 y normas complementarias, los Decretos Provinciales Nr05 368/2020, 432/2020, 433/2020, 466/2020, 488/2020, 534/2020, 540/2020, 560/2020, 616/2020, 618/2020; 639/2020, 643/2020, 676/2020, 677/2020, 702/2020; y CONSIDERANDO:
Que por los Decretos de Necesidad y Urgencia citados, el Poder Ejecutivo Nacional ha establecido una serie de medidas regulatorias y restrictivas en todo el territorio nacional, en el marco de la emergencia sanitaria por coronavirus, disponiendo el aislamiento social preventivo obligatorio en todo el territorio nacional;
Que por Decreto N 677/2020, la Provincia del Chaco extendió el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día 28 de junio inclusive; disponiendo entre otras medidas la implementación de una cuarentena administrada inteligente mediante la ejecución de un plan integral de regulación del aislamiento preventivo, social y obligatorio a partir de un modelo de información estadística, que permite clasificar y monitorear la movilidad social, con mapeos y mediciones diarias y delimitación de sectores, barrios, y horarios de máxima restricción para la circulación urbana;
Que por Decreto N 702/2020 se suspendió hasta el día 21 de junio del corriente la vigencia del Decreto N 677/2020, atento a los resultados observados en la Provincia, lo que requirió la readecuación de medidas, determinando la vigencia de mayores restricciones para la circulación de bienes y personas, reafirmación de un aislamiento social preventivo y obligatorio para toda la ciudadanía, restringiendo a su mínima expresión las actividades comerciales, industriales, de servicio, construcción, servicios profesionales, etc;
Que observando el desarrollo evolutivo de la pandemia en nuestra provincia, desde el 9 de marzo del corriente año, se han efectuado distintos diagnósticos, monitoreo y controles por parte de las autoridades sanitarias, de transporte y de seguridad, los que derivaron en la sanción del Decreto mencionado, con pautas especiales para el funcionamiento de la medida de aislamiento social obligatorio;
Que tal lo expresado en decretos que anteceden al presente, en las proyecciones realizadas la variable tiempo se observa como circunstancia clave para regular y sostener el equilibrio de todo el sistema sanitario y de los recursos materiales y humanos existentes para desarrollar la tarea médica en todas sus disciplinas y contener las necesidades de la ciudadanía, garantizando la atención sanitaria en toda la Provincia;
Que en forma complementaria al plan sanitario se aprobaron protocolos de actuación especiales, como el de contingencia victimo asistencial para prevenir, controlar y minimizar riesgos en casos de violencias en razón de género - Decreto N 449/2020, el compendio de protocolos sanitarios e institucionales -Decreto N 603/2020, el protocolo de intervención en materia de salud mental -Decreto N 608/2020, y el protocolo operativo de abordaje integral y diferencial para el Barrio Gran Toba por Decreto N 618/2020, todo ello con el objeto de brindar respuestas precisas e integrales a las distintas demandas y necesidades sociales;
Que a su vez por Decreto N 643/2020 se aprobó el Sistema de Administración Inteligente, destinado al otorgamiento de los permisos de circulación y de turnos con el objeto de regular el tráfico y flujo de circulación de personas en el territorio provincial, sus puestos limítrofes, accesos a ciudades, localidades y sectores focalizados locales y la realización de autoevaluaciones obligatorias para quienes pretendan circular y aquellas personas que se encuentran comprendidas en grupos de riesgo, debiendo avanzarse en la implementación de otras aplicaciones referidas a sistema de monitoreo y seguimiento que permita gestionar los datos de salud, identificativos y de geolocalización de casos confirmados y sus contactos estrechos, para determinar la evolución de la enfermedad Covidl9, investigación y estadística;
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 22/06/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaísArgentina

Fecha22/06/2020

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones3259

Primera edición14/07/1999

Ultima edición19/06/2026

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