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Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 22/09/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Correo Oficial
Boletín Oficial Franqueo a pagar C uent a Nº 17017F10
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Registro de la
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DRA. JESSICA YANNINA AYALA
Subsecretaria
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
Director
Propiedad Intelectual 948.707
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AÑO LXII
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 32 PAGINAS
RESISTENCIA, VIERNES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2017
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
EDICION N 10.135
DECRETOS
DECRETO Nº 1619
Resistencia, 31 julio 2017
VISTO:
La actuación simple N E2-2017-3437 y sus agregados; y CONSIDERANDO:
Que por la misma, el Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco, comunica los Registros Notariales vacantes, los que se detallan en Planilla Anexa al presente;
Que de acuerdo con las disposiciones del Artículo 13 de la Ley N 323-C Antes Ley N 2212 y el Artículo 30 del Decreto Reglamentario N 1227/78, modificado por el Decreto N 1768/10, corresponde realizar el llamado a concurso para cubrir las titularidades de dichos Registros Notariales ya creados y que han quedado vacantes;
Que por cuerda se anexó la actuación simple N
E2-2016-21149-A, en la que el Superior Tribunal de Justicia comunica al Poder Ejecutivo la declaración de Vacancia del Registro Público Notarial N 128 del Depar-
tamento San Fernando, con asiento en la ciudad de Resistencia;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen N 345/17;
Que de acuerdo con lo expuesto, es procedente el dictado del presente instrumento legal;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Llámese a Concurso por el término de tres 03 días hábiles consecutivos de publicación, para cubrir las titularidades de Registros Notariales vacantes, los que se detallan en Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2: Notifíquese al Juzgado Notarial y al Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco.
Artículo 3: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en forma sintetizada en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Peppo / Bergia