Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 25/08/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

letrado de aquella que tenga interés en la notificación. En todos los casos serán firmadas por el receptor las cédulas que notifiquen embargos, medidas precautorias, entrega de bienes o sentencias y las que correspondan a actuaciones en que no intervengan letrados. 8º Hágase saber que deberá darse cumplimiento a la acordada 28243 del 01/08/2017, modificada por acordada 28.565 del 21/12/17 9º A los fines de compulsa y retiro de autos, estese a lo dispuesto por el artículo 56, inciso II del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza Ley 9001, a lo demás solicitado, téngase presente 10º Que sin perjuicio que el traslado de demanda deba realizarse en soporte papel conforme el art. 53 CPCCT, conforme lo dispuesto por la Acordada N 29.818, de validez de traslado de los identificadores MEED
Mesa de Entradas Electrónicas de Documentos del Poder Judicial de Mendoza, hágase saber a las partes que a fin de poder acceder al escrito que da motivo a la presente providencia podrá acceder al link y cargo que se inserta precedentemente acordada 29818, como así también que por acordadas 29528 y 29747 este Tribunal ha implementado el sistema de expediente electrónico el cual al día de la fecha opera a través de la plataforma Iurix, haciendo saber que todo su contenido puede ser visualizable mediante el acceso a Iurix on-line http www.jus.mendoza.gov.ar/iurixonline/public/index.xhtml del cual pueden compulsar las presentaciones de las partes intervinientes como los proveídos del Tribunal, debiendo acceder transitoriamente a través de la modalidad usuario anónimo hasta que se implemente en forma definitiva el módulo de cargos digitales de Iurix on-line. 11 Hágase saber a las partes que atento a que los expediente por ante este Juzgado de Paz de Las Heras, tramitan en soporte digital a fin de poder acceder al escrito que da motivo a la presente providencia podrá acceder al link y cargo que se inserta precedentemente acordada 29818, como así también que a los efectos de la tramitación de cédulas y oficios deberá adjuntar al Juzgado oficio soporte digital formato Word para su control y firma, y dar deberá darse cumplimiento a la acordada 28243 del 01/08/2017, modificada por acordada 28.565 del 21/12/17 Notifíquese. Dr. Pedro Javier Urquizu-Juez".Boleto N: ATM_7678977 Importe: $ 7440
25-30/08 04/09/2023 3 Pub.

El Sr. Juez del JUZGADO DE PAZ DE LAS HERAS, PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, notifica a POSIBLES SUCESORES del Sr. FUNES LUIS EPIFANIO, DNI N 10.736.730, de ignorado domicilio, en autos 42930 caratualdo Perez Osvaldo Marcial c/ Funes Luis Epifania y Mercado Isaias Francisco p/
monitorio las resoluciones de: fs. 12 el Juzgado proveyó: Mendoza, 08 de Julio de 2022. Téngase al Dr. Abraham Néstor Majul, matrícula 3539 por Osvaldo Marcial Perez, por presentado y parte conforme al escrito de ratificación con el patrocinio letrado de la Dra. Lucía Majul Fajardo, matrícula 11.204. Téngase por constituido domicilio procesal electrónico en la casilla 3539 y correo electrónico en nmajul@mgabogados.com.ar De la demanda interpuesta, córrase traslado a la parte demandada, Luis Epifano Funes y Isaias Francisco Mercado, por el plazo de veinte 20 días, con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, ofrezca prueba y constituya domicilio legal, dentro del radio del Tribunal, bajo apercibimiento de ley artículos 21, 74, 75, 160 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza Ley 9001 Notifíquese. Cítese de garantía a LIDERAR COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. por el plazo de veinte 20 días, a fin de que comparezca, responda y constituya domicilio legal, dentro del radio del Tribunal, bajo apercibimiento de ley artículos 25 del Código Procesal Civil y 118 Ley de Seguros.
Notifíquese. Téngase presente la prueba ofrecida, para su oportunidad y que por derecho corresponda.
Hágase saber a las partes que por acordadas 29528 y 29747 este Tribunal ha implementado el sistema de expediente electrónico el cual al día de la fecha opera a través de la plataforma Iurix, haciendo saber que todo su contenido puede ser visualizable mediante el acceso a Iurix on-line http www.jus.mendoza.gov.ar/iurix-online/public/index.xhtml del cual pueden compulsar las presentaciones de las partes intervinientes como los proveídos del Tribunal, debiendo acceder transitoriamente a través de la modalidad usuario anónimo hasta que se implemente en forma definitiva el módulo de cargos digitales de Iurix on-line. El presente proceso se inicia con Beneficio de Litigar sin Gastos. Fdo. DANIEL LUCERO, Secretario.- Y a fs. 28 el Juzgado proveyó: En Ciudad de Mendoza, 30
días del mes Mayo del 2023.- Atento lo expuesto oportunamente, emplazase a los herederos del demandado en autos Funes Luis Epifanio, DNI Nro. 10.736.730, bajo apercibimiento de los dispuesto por el art. 325, inciso II del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza, Ley 9001. Notifíquese.

BO-2023-06379701-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 25 de Agosto de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 73 de 117

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 25/08/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha25/08/2023

Nro. de páginas118

Nro. de ediciones1800

Primera edición20/01/2017

Ultima edición02/05/2024

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