Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 20/04/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

trámite y considerarse firme la presente y continuar con su ejecución arts. 234 inc. II, III, IV, 235 inc. I, 21,74 y 75 del C.P.C.C y T. Ley 9001 V.- Regular los honorarios profesionales de Sebastian M.A. Chaler y Gimena Gaido en la suma de PESOS DIEZ MIL CIENTO TREINTA Y DOS CON 49/100 $ 10.132,49-
y PESOS VEINTE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 99/100 $20.264,99 con más los intereses que correspondan hasta la fecha de su efectivo pago arts. 19 in fine y 2 Ley 9131, sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición a la presente sentencia monitoria. VI.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes susceptibles de tal medida, de propiedad del demandado, hasta cubrir la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS
DIECIOCHO CON 73/100 $177.318,73, fijada provisoriamente para responder a capital y costas. A tal fin se faculta el auxilio de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso de ser necesario art. 234, ap. II del CPCCyT. VII.- VENCIDO el plazo otorgado en punto IV para cumplir voluntariamente u oponerse a la presente sentencia y no habiéndolo hecho, considérese firme la misma, y continúese con su ejecución arts. 35, 36, 37 y 235 inc. V del C.P.C.C y T. Ley 9001. CÓPIESE. NOTIFÍQUESE en el domicilio REAL del accionado, con copias de la demanda y la documentación acompañada. Fdo: Dra.
Viviana Isgro Mostaccio. Juez.
Boleto N: ATM_6028613 Importe: $ 768
20/04/2022 1 Pub.

"Dirección Gneral de Escuelas cita a herederos del/a Sr./a GHILARDI ROSALIA ESTELA DNI
13.734.475, por reclamo de haberes pendientes , Art 33 Dec. 560/73, a comparecer a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General de Escuelas, sito en Casa de Gobierno, Cuerpo Central, 1
piso, Ciudad, Mendoza"
S/Cargo 20-22-25-27-29/04/2022 5 Pub.

TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA DE PAZ-PRIMERO PODER JUDICIAL MENDOZA foja: 34 autos 8952 ORTEGA SANTIAGO C/ BIERE CARLOS MANUEL P/ CAMBIARIA, proveyó: Mendoza, 21 de Diciembre de 2021. AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I.- Aprobar la Información Sumaria rendida en autos. II.- Declarar al demandado BIERE, CARLOS MANUEL DNI N10.564.604 de domicilio ignorado.- III.- Hacer lugar a la publicación edictal solicitada por la parte actora y disponer se publiquen edictos en el Boletín Oficial y Diario LOS ANDES por TRES DIAS conjuntamente con la Sentencia de fs. 12.- art. 69 y 72, Inc. IV del CPCCyT IV.- Oportunamente, dese intervención en la presente causa al Defensor Oficial que por turno corresponda, Art. 75, último párrafo del CPCCyT.
NOTIFIQUESE. FDO: DRA. VALERIA ANTUN JUEZ. A fs.12: Mendoza, 01 de Diciembre de 2020.
AUTOS Y VISTOS: ..CONSIDERANDO: RESUELVO: I.- Tener presente acta notarial y gabelas acompañadas. II.- Admitir la demanda monitoria interpuesta por ORTEGA SANTIAGO MANUEL; y en consecuencia condenar al accionado BIERE CARLOS MANUEL, D.N.I. N 10.564.604.al pago del capital reclamado de PESOS CIEN MIL CON 00/100 $100.000,00, con más la suma PESOS CUARENTA MIL
CON 00/100 TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA DE PAZ-PRIMERO PODER JUDICIAL MENDOZA
$40.000,00. que se presupuesta provisoriamente para responder a intereses LEGALES, y costas del juicio. III.- Hágase saber al ejecutado que dentro de los CINCO 05 DÍAS HÁBILES a partir de la notificación de la presente, PODRÁ CUMPLIR VOLUNTARIAMENTE la sentencia, depositando el capital de condena más la suma presupuestada provisoriamente para intereses, costas y demás accesorios legales, todo sujeto a liquidación futura que practicará el actor de autos. En defecto de pago voluntario, en el mismo plazo, podrá OPONERSE a esta sentencia solicitando la nulidad de la vía monitoria, u oposición, defensas, excepciones y ofrecimiento de pruebas; asimismo, y en el mismo plazo, deberá constituir domicilio legal y dirección electrónica BAJO APERCIBIMIENTO de tenerlo por REBELDE sin más trámite y considerarse firme la presente y continuar con su ejecución arts. 234 inc. II, III, IV, 235 inc.
I, 21,74 y 75 del C.P.C.C y T. Ley 9001. IV.- Imponer las costas al accionado art. 35 y 36 del CPCCyT.
V.- Regular los honorarios profesionales del Dr. ORTEGA SANTIAGO MANUEL en la suma de PESOS

BO-2022-02605252-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 20 de Abril de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 106 de 154

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 20/04/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha20/04/2022

Nro. de páginas155

Nro. de ediciones1806

Primera edición20/01/2017

Ultima edición10/05/2024

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