Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 19/11/2021

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 221

Viernes, 19 de noviembre de 2021

Página 17

Artículo 10
La Administración Municipal, para la percepción de los derechos establecidos en la presente ordenanza, formulará los correspondientes padrones fiscales de basura, ajustándose el cobro a lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación y demás disposiciones de aplicación.
Artículo 11
Una vez solicitada la liquidación correspondiente al alta en el citado padrón fiscal, podrán notificarse colectivamente las sucesivas liquidaciones mediante edictos publicados en el Boletín Oficial de la Provincia.
CAPÍTULO VIII

Infracciones y sanciones Artículo 12
En materia de infracciones y sanciones tributarias se estará a lo dispuesto en la ordenanza fiscal general y demás preceptos de aplicación.

1.ºLa declaración de alta/modificación en el impuesto sobre actividades económicas, siempre que tal actividad se ejerza en determinado local, así como la declaración de alta/modificación en el impuesto de bienes inmuebles facultará a esta Administración a formalizar el alta/
modificación de oficio en la tasa por recogida de basura, conforme a lo preceptuado en el artículo 98 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Disposición transitoria 1.ºEn el año 2021 las cuotas se devengarán el primer día del periodo impositivo que comprenderá el cuarto trimestre del año prorrateándose las tarifas por el trimestre correspondiente.
2.ºExclusivamente para el ejercicio 2021 o en su caso 2022 se considerará que se cumplen los requisitos para que les sean aplicables las tarifas especiales a aquellos que hayan obtenido la ayuda a la ciudadanía 2020 y por los mismos porcentajes, salvo comunicación en contra del beneficiario.
3.ºExcepcionalmente durante el mes de septiembre del 2021 se podrá solicitar ser beneficiario de las tarifas especiales para el mismo ejercicio.
Disposición final La presente modificación de ordenanza entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del cuarto trimestre del año 2021, para el caso de que se publique con anterioridad al mismo, en caso contrario, su aplicación quedará demorada a 1 de enero de 2022.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Torremolinos, 29 de octubre de 2021.
El Alcalde-Presidente, P. D., la Concejala Delegada de Hacienda Decreto número 8719, de 14 de septiembre de 2021, firmado: María Isabel Tocón Barroso.
7804/2021
D

Centro de Ediciones de la Diputación de Málaga CEDMA. Avenida de los Guindos, 48, 29004 MÁLAGA
Teléfonos: 952 069 279 - 283 / Fax: 952 603 844 www.bopmalaga.es www.cedma.es
CVE: 20211119-07804-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Disposiciones adicionales

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 19/11/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha19/11/2021

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones5543

Primera edición15/01/2001

Ultima edición19/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones