Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 4/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 169

Miércoles, 4 de septiembre de 2019

Página 6

Aprobar la oferta de empleo público, de acuerdo con el presupuesto y plantilla aprobados por el Pleno.
Aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.
Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidos al Pleno, así como de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
El otorgamiento de las licencias municipales, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno. Para el caso de las licencias urbanísticas municipales, se entienden delegadas en todas sus modalidades construcción de obra mayor, primera ocupación/utilización, demolición, segregación, división horizontal, etc., no así las calificadas como obras menores a fin de promover su agilidad en la concesión. En consecuencia, también será competente la Junta de Gobierno para cualquier autorización que afecte a las licencias concedidas novación subjetiva, transmisión, modificación, prórrogas, caducidad, desistimiento, renuncia, etc..
El otorgamiento de licencias medioambientales así como dación de cuenta puesta en conocimiento de declaraciones responsables.
La resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, restablecimiento de la legalidad urbanística y los procedimientos sancionadores de toda clase.
Declaraciones de fuera de ordenación y situaciones legales de asimilado a fuera de ordenación SAFO.
La Junta de Gobierno podrá recibir nuevas competencias por delegación de la Alcaldía o del Ayuntamiento Pleno. También podrá tratar sobre asuntos que planteen sus miembros ya sean de su exclusiva competencia o afecte o pueda afectar a varias áreas municipales. Las atribuciones delegadas podrán ser objeto de avocación en los términos que establece los artículos 9 y 10
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexto. El presente decreto entrará en vigor a partir del día de la fecha, y ello sin perjuicio de la posterior publicación del mismo en el Boletín Oficial de la Provincia así como en el portal de transparencia.
Álora, 18 de julio de 2019.
El Alcalde-Presidente, firmado: Francisco J. Martínez Subires.
6121/2019
D

Centro de Ediciones de la Diputación de Málaga CEDMA. Avenida de los Guindos, 48, 29004 MÁLAGA
Teléfonos: 952 069 279 - 283 / Fax: 952 603 844 www.bopmalaga.es www.cedma.es
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Quinto. Atribuciones de la Alcaldía-Presidencia que se delegan en la Junta de Gobierno:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 4/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaísEspaña

Fecha04/09/2019

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones5545

Primera edición15/01/2001

Ultima edición26/05/2024

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