Boletin Judicial de Costa Rica del 29/6/2023

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Fuente: Boletín Judicial de Costa Rica

Firmado digitalmente por
JORGE EMILIO
JORGE EMILIO CASTRO
FONSECA FIRMA
CASTRO
2023.06.28
FONSECA FIRMA Fecha:
16:03:10 -0600

AÑO CXXIX

La Rica, lunes jueves juniodel del2016
2023
LaUruca, Uruca,San SanJosé, José, Costa Rica, 129
de de febrero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL
CIRCULAR Nº 131-2023
ASUNTO: Verificación del cumplimiento de las cuotas y cargas de trabajo asignadas al personal de apoyo.
A TODAS LAS PERSONAS JUZGADORAS QUE EJERCEN
LA COORDINACIÓN DE LOS DESPACHOS JUDICIALES
Y PERSONAS COORDINADORAS JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior, en la sesión N40-2023 celebrada el 11 de mayo de 2023, artículo XLII, dispuso comunicar a las personas juzgadoras que ejercen el rol de coordinación y personas coordinadoras judiciales, que tienen la responsabilidad de velar por el cumplimiento de las labores y cuotas de trabajo establecidas para las personas técnicas judiciales.
Lo anterior, en atención a las circulares de la Secretaría de la Corte N 51-2007 sobre el perfil de los cargos de Asistente Judicial, actualmente coordinadores judiciales, Juez Tramitador y Juez Coordinador, así como la circular N
194-2020 que reitera la responsabilidad de las Juezas, Jueces Coordinadores y Consejo de Jueces, sobre el cumplimiento de las labores del personal técnico y la circular N 230-2020
referente a los deberes de las juezas y jueces en el Modelo de Sostenibilidad en las oficinas y despachos judiciales.
Además, en lo que respecta a la normativa la Ley Orgánica del Poder Judicial, cita en el artículo 3 que El coordinador distribuirá la carga de trabajo, aplicando los criterios que hayan fijado los jueces con anterioridad y buscando siempre la mayor equidad.
De igual forma, el numeral 5 de Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Consejos de Jueces y Juezas de la República, sobre las competencias del Consejo de Jueces y Juezas, indica en su inciso tercero:
3 Ejecutar los mecanismos para la distribución de las cargas de trabajo. Cuando se detecte algún atraso en el rendimiento del Despacho, adoptará las medidas que corresponda.
Por el último, refiere el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las personas juzgadoras que asumen la coordinación de cada despacho y las personas nombradas en los puestos de Coordinadores Judiciales.
El personal juzgador coordinador deberá:
Velar por el cumplimiento de las labores y el rendimiento de todos los servidores del despacho Coordinar con el Juez Tramitador todo lo relacionado con el personal de apoyo, cargas de trabajo, funciones, reorganización de labores, aspectos de organización y otros que sean de interés para el mejor desempeño del despacho.
El personal coordinador judicial deberá:
Coordinar, asignar, dirigir, supervisar y controlar el trabajo del personal de menor nivel según las directrices del superior inmediato.
Supervisar de forma periódica la carga de trabajo del personal técnico y profesional del despacho Por lo tanto, en caso de detectar algún incumplimiento, deberán adoptar las medidas correctivas mediante los planes remediales correspondientes y proceder con el comunicado
Nº 117 68 Páginas
a las instancias administrativas con el fin de valorar la aplicación del régimen disciplinario tomando en consideración las directrices existentes. De conformidad con la circular N
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Diligencias / Refs: 4431-2023. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 06 de junio de 2023

Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General interino 1 vez.O.C. N 364-12-2021D.Solicitud N 68-2017-JA.
IN2023786168 .
JUZGADO NOTARIAL
HACE SABER:
Que en el proceso disciplinario notarial N16-0005000627-NO, de Ana María Rodríguez Zúñiga contra Enrique Alberto Rizo Brown, cédula de identidad 0900160127, este Juzgado mediante sentencia en firme N 2023000064 de las catorce horas cuarenta y ocho minutos del tres de febrero de dos mil veintitrés, la cual se modificó mediante el voto Nº 053-2023 de las catorce horas doce minutos del jueves treinta de marzo de dos mil veintitrés, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial, Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial. De conformidad con la circular N
67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.

Licda. Derling Edith Talavera Polanco, Jueza
1 vez.O. C. N 364-12-2021D.Solicitud N 68-2017-JA.
IN2023786159 .
A: Edgar Luis Prendas Matarrita, mayor, al notario, cédula de identidad número 0503140320, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial número 22000690-0627-NO establecido en su contra por Marco Antonio Carranza Sibaja, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen:Juzgado Notarial. A las once horas cuarenta y nueve minutos del cinco de junio de dos mil veintitrés. En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Edgar Luis Prendas Matarrita, cédula de identidad 0503140320, la resolución dictada a las trece horas nueve minutos del uno de setiembre de dos mil veintidós, en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado E.V ACTA 31-01-2023, como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil E.V ACTA 16-03-2023; y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas
E.V Consulta 05/06/2023, de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del 29/6/2023

TítuloBoletín Judicial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha29/06/2023

Nro. de páginas68

Nro. de ediciones5055

Primera edición01/01/2003

Ultima edición23/10/2023

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