Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 13/5/2019

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Fuente: Boletín Judicial de la Ciudad de México

BOLETÍN JUDICIAL No. 83

Edictos
desprende lo siguiente: De ahí que si bien es cierto que conforme a lo establecido en el acuerdo número 6554/2014, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 11 once de junio de 2015 dos mil quince, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, corresponde al Modelo de Gestión del Sistema Procesal penal acusatorio, hacerse cargo de las funciones administrativas a través del órgano de gestión judicial conformado por las unidades de gestión judicial que atenderán a los jueces del sistema procesal penal acusatorio, y que para la atención de los asuntos que ingresen a los tribunales de enjuiciamiento, su asignación se llevará conforme al turno consecutivo que al efecto lleve la unidad de gestión judicial; también lo es que, en los casos como en el que ahora se resuelve, corresponde a la Unidad de Gestión Judicial que primero conoció de un auto de apertura a juicio oral, conocer de un diverso auto de apertura a juicio oral, relacionado con la misma la carpeta de investigación sic, como en el caso acontece. Es así, porque ello evitará que se emitan sentencias contradictorias, incluso permite salvaguardar la garantía de seguridad jurídica de las partes en el proceso penal. Máxime que como se desprende de la certificación de veintinueve de marzo de dos mil diecinueve, que se realizó en esta Sala Penal, el Tribunal de Enjuiciamiento adscrito a la Unidad de Gestión Judicial número Seis, el doce de febrero del mismo año, dictó sentencia absolutoria a favor del sentenciado Jesús Ildefonso Pérez en la carpeta judicial TE006/0171/2018.
En tal contexto, al no existir conflicto competencial planteado, con base en lo dispuesto en el artículo 20
fracción I, del Código Nacional de Procedimientos Penales y el acuerdo número 65-54/2014, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 11 once de junio de 2015 dos mil quince, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, esta Sala Penal ordena remitir la carpeta judicial instruida en contra de la acusada, por el delito de Trata de Personas, así como el auto de apertura a juicio oral emitido en la misma a la Unidad de Gestión Judicial número Seis, que es la Unidad que previamente conoció del auto de apertura a juicio oral dictado en la carpeta judicial instruida al diverso acusado JESÚS
ILDEFONSO PÉREZ, por el mismo delito de Trata de Personas, ya que ambas carpetas judiciales derivan de los mismo hechos; e inclusive los Jueces del Tribunal de Enjuiciamiento adscrito a esa Unidad ya dictaron sentencia absolutoria el día doce de febrero de dos mil diecinueve.
Por lo anterior, revisadas que fueron las constancias que integran la carpeta que se recibe, de las mismas se desprende que se encuentra pendiente por desahogar la etapa de juicio oral, deducida del Auto de Apertura a Juicio Oral dictado por el Juez de Control del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México, Maestro ABELARDO GUADALUPE BELTRÁN RODRÍGUEZ, el 30 de enero del 2019, en la carpeta judicial, 002/0400/2018O, seguida a MARÍA INÉS MATA MASCORRO, por el delito de TRATA DE PERSONAS, en agravio de la víctima de identidad reservada de iniciales B.J.S., y con motivo de la cual la acusada se encuentra sujeta a la medida cautelar consistente en prisión preventiva oficiosa en el interior del Centro Femenil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla de esta Ciudad de México. Con lo que se da cuenta al Juez de Enjuiciamiento del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México, en carácter de Juez Coordinador, ALFONSO DÁVILA GÓMEZ. CONSTE. AUTO. Ciudad de México, 08 de abril del 2019. VISTA la constancia que antecede, así como el contenido de la resolución dictada por la Quinta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, el 4 de abril del año en curso, en los autos del toca penal N.S.P.A. 73/2019, integrado con motivo del conflicto competencial suscitado entre el Juez de Juicio Oral en Materia Penal adscrito a la Unidad de Gestión Judicial número Siete del Sistema Procesal Penal Acusatorio, Doctor Gerardo Campos Malagón carpeta judicial TE007/0015/2019 y la Juez de Control adscrita a la Unidad de Gestión Judicial número Dos del Sistema Procesal Penal Acusatorio, Maestra Norma Elizabeth Marín Ramírez carpeta judicial 002/0400/2018-O; en estricto cumplimiento a lo determinado por ese Tribunal de Alzada,
Lunes 13 de mayo del 2019

se tiene por recibida la carpeta judicial TE007/0015/2019, y a fin de continuar con la secuela procedimental en los términos dispuestos por el Tribunal de Alzada en la resolución de que se trata, al desprenderse de la carpeta que se recibe que se encuentra pendiente por desahogar la etapa de juicio oral, deducida del Auto de Apertura a Juicio Oral dictado por el Juez de Control del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México, Maestro ABELARDO GUADALUPE BELTRÁN RODRÍGUEZ, el 30 de enero del 2019, en la carpeta judicial, 002/0400/2018O, seguida a MARÍA INÉS MATA MASCORRO, por el delito de TRATA DE PERSONAS, en agravio de la víctima de identidad reservada de iniciales B.J.S., proceda el Director de la Unidad de Gestión Judicial Seis, a realizar el registro de la misma en el sistema de control de gestión judicial penal SCGJP a efecto de que le sea asignado el número de carpeta de enjuiciamiento que le corresponde. Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 51 Bis y 247 ambos de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, el suscrito procede a determinar lo siguiente: 1. Los artículos citados disponen lo siguiente: 51 Bis Los Tribunales de Enjuiciamiento que actúen de manera unitaria o colegiada, conocerán desde que se recibe el auto de apertura a juicio oral, hasta la explicación y el dictado de la sentencia; así como resolverán de manera colegiada, cuando se trate de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa o por el volumen de pruebas, víctimas o acusados involucrados en el proceso a consideración del Juez Coordinador. El Tribunal de Enjuiciamiento actuará de manera colegiada cuando esté integrado por tres jueces. En todos los demás casos, será de manera unitaria conforme al turno correspondiente.
247 El Tribunal de Enjuiciamiento se integrará y conocerá del juicio oral, de manera unitaria o colegiada. En este último supuesto será en los asuntos relativos a delitos que tengan señalada prisión preventiva oficiosa, en términos de lo que al efecto dispone el Código Nacional de Procedimientos Penales; así como en aquellos que determine el Juez Coordinador. 2. De la lectura integral y armónica de tales numerales, se advierte la facultad-deber de decidir la forma en que habrá de quedar establecido el Tribunal de Enjuiciamiento, siendo esto, de dos maneras: de forma Unitaria, o bien, mediante integración por la vía Colegiada, en virtud de los jueces designados por el Consejo de la Judicatura para fungir con tal competencia. 3. En este caso, mediante Acuerdo V-88/2017 emitido en sesión de fecha 9 de octubre de 2017 por el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, se autorizó la conformación de un segundo Tribunal de Enjuiciamiento con sede en el Reclusorio Oriente, que con perspectiva de género, será integrado por dos jueces varones y una mujer; quienes serán apoyados por la Unidad de Gestión Judicial número 6, lo anterior en el entendido de que en el Reclusorio Oriente, las Unidades de Gestión Judicial números 6 y 10 brindarán apoyo cada una, a nueve Jueces de Control y a tres de Enjuiciamiento. 4. Así también, el acuerdo 70-39/2018, emitido por el Pleno del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, en sesión ordinaria celebrada el 27 de septiembre de 2018, hace del conocimiento que el Licenciado ALFONSO DÁVILA GÓMEZ, fue designado para que integre el tribunal de enjuiciamiento perteneciente a esta Unidad de Gestión Judicial a partir del 16 de octubre de 2018. 5. Por lo anterior, considerando que el Auto de Apertura a Juicio Oral de 30 de enero del 2019, fue dictado por el delito de TRATA DE PERSONAS, en agravio de la víctima de identidad reservada de iniciales B.J.S., y la acusada se encuentra sujeta a la medida cautelar consistente en prisión preventiva oficiosa en el interior del Centro Femenil de Reinserción Social Santa Martha Acátitla;
se determina que el Tribunal de Enjuiciamiento para conocer de la carpeta en mención, actuará de forma Colegiada integrándolo: los Jueces de Enjuiciamiento del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México, Emma Aurora Campos Burgos, Alejandro Cruz Sevilla y Alfonso Dávila Gómez, debiendo el Titular de la Unidad de Gestión Judicial, a través del sistema de control de gestión judicial penal SCGJP, realizar la programación de la audiencia, así como el carácter de cada uno de los integrantes del Tribunal
SOLO CONSULTA
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Acerca de esta edición

Boletín Judicial de la Ciudad de México del día 13/5/2019

TítuloBoletín Judicial de la Ciudad de México

PaísMéxico

Fecha13/05/2019

Nro. de páginas372

Nro. de ediciones975

Primera edición01/09/2016

Ultima edición07/06/2022

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