Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 05/03/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

1152

5 de Marzo de 2020

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 44

7.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
El padre, o la madre, o el tutor o la persona encargada de la guardia y custodia del menor que forme parte de la unidad familiar deberá presentar la solicitud en el registro auxiliar de los Servicios Sociales, sito en la c/ Daniel Vázquez Díaz, nº 4, o en el de Mazagón, sito en el edicio de la Mancomunidad, durante el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Ocial de la Provincia.
La documentación a aportar será la siguiente:
- Solicitud conforme al modelo facilitado. Anexo I
Fotocopia del NIF del solicitante Declaración de la Renta 2018 o la autorización acompañada de las fotocopias de los NIF de los rmantes para recabar datos scales ante la AEAT de todos los miembros de la unidad familiar computables En caso de que la AEAT no dispusiera o facilitara los citados datos, los interesados/as deberán aportar informe de vida laboral, nóminas del ejercicio 2018, así como otros justicantes relativos al cobro de prestaciones por desempleo, pensiones, incapacidad u otros, lo que deberá acreditarse con los correspondientes justicantes del SEPE o Seguridad Social.. Para el caso de que haya pensión compensatoria y no se presenta declaración de la renta, habrá que aportar el Convenio Regulador u otra documentación acreditativa.
Certicado de empadronamiento de la unidad familiar, Libro de Familia o documentación equivalente.
Declaración responsable de no ser beneciario de subvenciones o ayudas otorgadas por otras entidades públicas o privadas para estos nes o periodos. Anexo II
Acreditación de la matricula.
Declaración Responsable de no estar incurso en las circunstancias de la base 5, apartado d de estas Bases Reguladoras. Anexo III
Cesión de pago delegado a la empresa de transporte en su caso. Anexo IV
Otros que a juicio de la familia solicitante considere necesario para completar o justicar la información anterior, y sin perjuicio de aquel o aquellos otros documentos que posteriormente pudiera requerir la Administración concedente en caso de duda o información incompleta.
8.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES E IMPORTE DE LAS
SUBVENCIONES.
Las solicitudes presentadas se valorarán del siguiente modo:
Aquellas solicitudes que cumplan con todos los requisitos exigidos en la convocatoria, serán beneciarias de las ayudas establecidas en los apartados siguientes hasta agotar el crédito presupuestario.
En caso de existir más ayudas que cantidad presupuestada, se procederá a otorgar las mismas de acuerdo con el siguiente orden de prioridad:
Familia con las que se está interviniendo desde los Servicios Sociales y familias víctimas de violencia de género Familias monoparentales o con ausencia de un miembro clave para la manutención y /o cuidado de los/as hijos/as defunción, separación Familias numerosas Familias con alguno de sus miembros con dispacidad superior al 33% o en situación de dependencia Familias con menores con reciente desinstitucionalización reintegrados a sus familias de origen, o en proceso de reunicación familiar a punto de ultimarse.
La ayuda económica concedida, consistirá en un importe mensual de 118,00 €; para el periodo comprendido entre octubre 2019 a junio 2020

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 05/03/2020 a las 00:01:08
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 05/03/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha05/03/2020

Nro. de páginas58

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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