Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/01/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 9

15 de Enero de 2020

223

En todo caso, la graduación de las sanciones se ajustará a lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica aplicable.
En los supuestos en los que se acuerde la suspensión de prestaciones o subvenciones, ésta se graduará entre uno y seis meses según la gravedad de la infracción. art. 30 Ley Servicios Sociales de Andalucía Las sanciones respecto de las personas usuarias que acceden al servicio vía ley de Dependencia serán acordadas por el órgano competente de la Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.
Las sanciones respecto de las personas usuarias que acceden al servicio vía Prestación Básica serán sancionadas por el Ayuntamiento de Lepe.
Artículo 35. Prescripción.
Las infracciones prescribirán:
a Al año, las leves.
b A los tres años, las graves.
c A los cuatro años, las muy graves.
El plazo de prescripción comenzará a contarse a partir del día que se haya cometido la infracción y se interrumpirá por la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento sancionador.
Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los cinco años, por faltas graves a los cuatro años y por faltas leves al año.
Disposición adicional primera. Vigencia y Revisión del Reglamento.
El presente Reglamento del Servicio de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de Lepe, será revisado, si fuera necesario, al primer año de su aprobación y su entrada en vigor. Asimismo será modicado conforme a las normas estatales o autonómicas posteriores cuyo contenido así lo determine.
Disposición derogatoria única El presente Reglamento deroga expresamente el anterior Reglamento del Servicio de Ayuda a Domicilio de este Ayuntamiento de Lepe, publicado en el BOP nº 249, de 30 de diciembre de 2008.
En Lepe, a 23 de diciembre de 2019.- LA SECRETARIA GENERAL. Fdo.: Sara Nieves García.

SAN BARTOLOMÉ DE LA TORRE
ANUNCIO
En virtud de la Orden de 11 de octubre de 1993, por la que se regula el procedimiento a seguir para la determinación de las estas locales, inhábiles para el trabajo, retribuidas y no recuperables, en los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía y conforme al acuerdo Plenario de 5 de diciembre de 2019, adoptado por la unanimidad de los miembros del órgano, quedan establecidos los festivos locales del Municipio de San Bartolomé de la Torre Huelva, los días 29 de junio y 24 de agosto de 2020.
En San Bartolomé de la Torre, a 17 de diciembre de 2019.- La Alcaldesa Presidenta. Fdo.:
M Eugenia Limón Bayo.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 15/01/2020 a las 00:00:12
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 15/01/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha15/01/2020

Nro. de páginas42

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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