Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 13/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 238

13 de Diciembre de 2019

7419

miento de Gibraleón, sito en Pza. España, 1, y los contemplados en el artículo 16.4 de la LPACAP
según el cual viene a decir que Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
a En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se reere el artículo 2.1.
b En las ocinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, c En las representaciones diplomáticas u ocinas consulares de España en el extranjero.
d En las ocinas de asistencia en materia de registros.
e En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
La solicitud contendrá Declaración Responsable de que sobre el solicitante no ha recaído Resolución Administrativa o judicial rme de reintegro o, en su caso, acreditación del ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente, según modelo Anexo I el cual irá debidamente rmado por el interesado y cumplimentado en todos sus extremos.
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación que a continuación se relaciona, en documento original o fotocopia compulsada:
- Fotocopia del DNI o NIE del solicitante.
- Fotocopia del CIF de la sociedad y escritura de constitución, así como del DNI y de la escritura de poder del representante, en caso de personas jurídicas.
- Documentación acreditativa de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social o aquel que legal o estatutariamente le corresponda a la actividad para cuyo inicio se ha solicitado la ayuda.
- Certicado de la cuenta bancaria de la que el solicitante sea titular rmada y sellada por la entidad bancaria.
- Factura proforma / presupuesto de los gastos a realizar o copia de las facturas reales de los gastos/inversiones realizados.
- Certicación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal Tributaria, la Hacienda Autonómica, Tesorería General de la Seguridad Social, que podrá ser sustituida por una declaración responsable con el compromiso de aportar la correspondiente certicación con anterioridad a la propuesta de resolución.
- Memoria descriptiva del proyecto empresarial, la inversión y nanciación de la actividad.
ARTÍCULO 7: SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS DE LA SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN
COMPLEMENTARIA
Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañaran los documentos preceptivos, se requerirá al interesado, para que en el plazo de cinco días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con la indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que se dictará en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.
A efectos del procedimiento de gestión de la subvención, el Ayuntamiento podrá requerir a los solicitantes la aportación de cuantos datos, informaciones o documentos relacionados con la actividad estime necesarios.
ARTÍCULO 8: CRITERIOS DE VALORACIÓN
El único criterio a tener en cuenta para la asignación de estas subvenciones será por riguroso orden de presentación de las solicitudes en los correspondientes registros del Excmo. Ayuntamiento de Gibraleón, hasta agotar la consignación presupuestaria establecida para este programa.
ARTÍCULO 9: PROCEDIMIENTO
Presentadas las solicitudes y evaluadas las mismas por el Servicio Gestor, se elevará informe a la Comisión Técnica de Valoración de Proyectos. Dicha Comisión estará integrada por tres
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 13/12/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha13/12/2019

Nro. de páginas50

Nro. de ediciones2573

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2024

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